Citas bibligráficas
Esta es una referencia generada automáticamente. Modifíquela de ser necesario
Cabello, A., (2021). CASACIÓN Nº 591-2016 –HUAURA [Pontificia Universidad Católica del Perú]. http://hdl.handle.net/20.500.12404/18332
Cabello, A., CASACIÓN Nº 591-2016 –HUAURA []. PE: Pontificia Universidad Católica del Perú; 2021. http://hdl.handle.net/20.500.12404/18332
@misc{renati/528408,
title = "CASACIÓN Nº 591-2016 –HUAURA",
author = "Cabello Silva, Andrea Fernanda",
publisher = "Pontificia Universidad Católica del Perú",
year = "2021"
}
Título: CASACIÓN Nº 591-2016 –HUAURA
Autor(es): Cabello Silva, Andrea Fernanda
Asesor(es): Bregaglio Lazarte, Renata Anahí
Palabras clave: Delitos sexuales--Legislación--Perú; Derecho penal--Legislación--Perú; Violencia contra la mujer--Legislación--Perú; Personas con discapacidad--Legislación--Perú
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 22-feb-2021
Institución: Pontificia Universidad Católica del Perú
Resumen: El caso materia del Informe versa sobre el delito de violación cometido contra una adolecente con discapacidad intelectual. En el momento de ocurridos los hechos el tipo penal vigente, contenido en el artículo 172 del Código Penal, no contenía de forma literal el consentimiento por lo que se entendía que el bien jurídico protegido era la indemnidad sexual de las personas con discapacidad intelectual y, en ese sentido, con la sola acreditación del acto sexual y la existencia de la deficiencia, se daba por configurado el delito. Esta lectura era contraria a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), que entró en vigor para el Estado peruano en el año 2008, por lo que era imperativo que se aplique dicho tipo penal a la luz del mencionado instrumento.
Sin embargo, en el caso analizado no ocurrió ello y, todo lo contrario, se entendió que la adolescente con iniciales A.M.A.G. no era titular de su libertad sexual. A partir del año 2018, con la publicación de la ley Nº 30838 que introduce el consentimiento como un elemento central, se abre una nueva ventana de oportunidad para la lectura, interpretación y aplicación de este tipo penal, a la luz de los mandatos internacionales asumidos por el Perú a través de la CDPD, generando un balance entre la autonomía sexual de la que son titulares las personas con discapacidad intelectual, y la protección de este colectivo frente a la violencia sexual, desde un enfoque interseccional. En suma, debe partirse del reconocimiento pleno de la capacidad jurídica y autonomía sexual de este colectivo, sin dejarles en desprotección frente a las diversas barreras sociales, actitudinales y legales que recaen sobre ellas
Enlace al repositorio: http://hdl.handle.net/20.500.12404/18332
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Pontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho.
Grado o título: Abogado
Jurado: Constantino Caycho, Renato; Segura Alania, Joel
Fecha de registro: 22-feb-2021
Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons