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Title: La regulación del dolo eventual en el Decreto Legislativo 1106 y su incidencia en la inversión de la carga de la prueba dentro del proceso penal
Advisor(s): Luperdi Gamboa, Ricardo M.
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 15-Feb-2017
Institution: Universidad Privada del Norte
Abstract: El presente trabajo de investigación plasma el estudio dogmático del delito de Lavado de Activos en la legislación penal peruana ya que el delito en análisis exige una complejidad que pueden asumir las diferentes operaciones que constituyen la base de las conductas punibles, en consecuencia para que se configure el delito en examen se requiere, entonces que el sujeto actué con conocimiento y voluntad, es decir que exista la presencia de dolo en el sujeto activo; es decir es en un tipo que reclama no sólo el conocimiento del autor sobre el origen delictivo de los bienes y la voluntad de realizar la conducta típica, si no que tales comportamientos deben estar guiados por una finalidad específica, que el dinero o los bienes adquieran una apariencia de legalidad. Ahora bien evidentemente, si tal elemento subjetivo existiese, su consecuencia dogmática no sería otra que excluir, desde el punto de vista de la imputación subjetiva; la compatibilidad con el dolo eventual. La razón de esto es clara: la presencia de estos especiales elementos subjetivos, especializan el dolo; haciendo surgir la mentada incompatibilidad. Por estas consideraciones el presente trabajo desarrollará en sus capítulos centrales, los siguientes temas; en relación al dolo eventual estudiaremos: la teoría mixta del dolo eventual, en este acápite se desarrollará las teorías que respaldan dicha vertiente, la misma que expone que el momento voluntativo se desprende de su carácter psicológico (interno al individuo: intención), para pasar a ser definido en términos normativos; y que para una objetivación del elemento cognitivo se debe de hallar un concepto de conocimiento que alcance un equilibrio entre, el componente normativo de ese elemento y la realidad empírico psicológica que le sirve de base; por lo que será necesario acudir los datos externos, Los indicadores, el suceso desarrollado en el mundo exterior que demuestren que hubo conocimiento en el sentido de configuración del dolo. Se analizará el decreto legislativo 1106, la discusión central se enfoca en el tipo subjetivo en el delito de lavado de activos; ya que en el delito en análisis el sujeto agente siempre actúa con un objetivo prioritario calificado como un elemento trascendental que la de quebrantar el vínculo existente entre el dinero y su origen, la que misma que incompatible con el dolo eventual; además que los actos descritos dentro del precepto legal constituyen una complejidad que solo abarca el dolo directo; otro punto debatible sobre en este acápite, es sobre la terminología usada entre el “DEBER” y “PODER” presumir el origen ilícito, ya que el deber conocer la presencia del delito fuente nace a partir de una obligación, ya sea por su condición del sujeto, por su profesión, posición frente al bien jurídico protegido, o por sus conocimientos especiales relacionados con el rol que desempeña en la sociedad, de conformidad con lo que se desarrolló en el capítulo anterior; se estudiara también la complejidad de las fases del delito de lavado de activo; motivo por el cual también se estudia las obligaciones a las que están supeditado los sujetos obligados, teniendo en cuenta que en el nuevo decreto legislativo 1249 omite especificar cuáles son las obligaciones a las que están supeditados los sujetos obligados. Finalmente se analiza la naturaleza jurídica del delito de lavado de activos, para así poder establecer la compatibilidad con el dolo eventual, teniendo en consideración las demás particularidades de este delito. En relación a la carga de la prueba en el delito de lavado de activos; en primera instancia se da un alcance sobre la prueba como tal, dentro del proceso penal resaltando la importancia de los instrumentos probatorios dentro del lavado de activos, en donde quien cobra mayor prescindibilidad es la auditoria forense; el análisis también va dirigido a la prueba de la existencia de la voluntad, en donde se llega a la conclusión que se puede establecer a través de prueba directa o pruebas circunstanciales, no obstante en el decreto 1106 el legislador admite la prueba indiciaria como regla general para probar el conocimiento sobre el conocimiento del origen ilícito. En relación a la dinámica de la prueba en materia penal dentro de un sistema garantista; la carga de la prueba en los procesos in rem; en donde se llega a concluir que en el Perú, la inversión de la carga de la prueba, no sólo se ve reflejado dentro de un proceso de lavado de activos, si no también dentro de un proceso de incoación de perdida de dominio.

This research investigates the dogmatic study of the crime of money laundering in Peruvian criminal law, since the crime under analysis requires a complexity that can be assumed by the different operations that constitute the basis of punishable conduct, The crime under examination is required, then the subject acted with knowledge and will, that is to say that there is the presence of fraud in the active subject; That is, it is a type that claims not only the author's knowledge that the goods have a criminal origin and the will to perform the typical behavior, but that such behavior must be guided by a specific purpose, that money or goods Acquire a semblance of legality. Now evidently, if such a subjective element existed, its dogmatic consequence would be none other than to exclude, from the point of view of subjective imputation; The compatibility with the eventual fraud. The reason for this is clear: the presence of these special subjective elements, specialize deceit; Causing the mentioned incompatibility. For these considerations the present work will develop in its central chapters, the following subjects; In relation to the eventual deceit we will study: the mixed theory of eventual deceit; Towards a unit theory of deceit; What the subject must know. In relation to the volitional element, added to the cognitive element; Position of the subject before the world of the juridical goods; Special relationship of the willful subject with the norm that is infringed; Special relationship between the subject and the society of which he is a part; Rules of attribution of knowledge; Minimum knowledge; Personal characteristics of the subject as a source of attribution of knowledge; Theories integrating potential fraud; The objective and subjective structure of eventual deceit; The typical danger of potential fraud: the so-called “fraudulent risk, the subjective aspect of potential fraud, the limit of potential fraud in a criminal law area, fraud as a concept of provisions verifiable by indicators, presumption of fraud (praesuntio doli); The risk as an object of knowledge, in relation to the crime of laundering of assets, the subjective type in the crime of laundering of assets, the phases of the crime of laundering of assets, in relation to the burden of proof in the crime of laundering The burden of proof in the in rem processes, the burden of proof in relation to the principle of presumption of innocence, the burden of proof and the principle of presumption of Innocence, the burden of proof in Colombian jurisprudence: no doubt will be solved in favor of the defendant, the burden of proof in the crime of money laundering according to the doctrine of munrray.
Discipline: Derecho y Ciencias Políticas
Grade or title grantor: Universidad Privada del Norte. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grade or title: Abogado
Register date: 24-Jul-2018



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