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Arrivasplata, F., (2023). La desconexión digital como derecho fundamental innominado del trabajador [Universidad Nacional Mayor de San Marcos]. https://hdl.handle.net/20.500.12672/21089
Arrivasplata, F., La desconexión digital como derecho fundamental innominado del trabajador []. PE: Universidad Nacional Mayor de San Marcos; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12672/21089
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Título: La desconexión digital como derecho fundamental innominado del trabajador
Autor(es): Arrivasplata Reyes, Fátima Deyanira
Asesor(es): Jiménez Silva, Carlos Humberto
Palabras clave: Derecho; Tecnología - Perú; Teletrabajo; Constituciones
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Resumen: La virtualización de las relaciones laborales a causa de la incorporación masiva
de las NTICs ha reportado enormes ventajas por el ahorro en infraestructura y
mayor fluidez de las comunicaciones sincrónicas; sin embargo, su uso intensivo
puede acarrear complicaciones demarcatorias de los límites de las esferas
personal y profesional de los trabajadores, propiciándose así una prolongación
de su jornada lo cual puede comprometer los tiempos y espacios vitales de
aquellos debido al gran potencial de penetración de las herramientas
tecnológicas, originado un estado de hiperconectividad digital. La atención
jurídica de dicha cuestión se ha manifestado en nuestro País con la expedición
de una regulación sobre el derecho a la desconexión digital [DDD] en el ámbito
del trabajo asalariado, específicamente con el Decreto de Urgencia 127-2020
[Dec-U 127/2020], el Decreto Supremo 004-2021-TR [Dec-S 004/2021] y por
último la nueva Ley del Teletrabajo [Ley-31572], vigente para el sector público y
privado. Sin embargo, se considera que dicha normativa resulta parcial e
incompleta por cuanto solo abarca a quienes desarrollan labores a distancia,
quedando carentes de protección aquellos que ejecutan su prestación de forma
presencial, pese a que este grupo de trabajadores no es ajeno a los riesgos
derivados del uso intensivo de las herramientas tecnológicas a causa de su alta
consumerización y accesibilidad. Es así que en respuesta a esta problemática y
con el propósito de extender la titularidad del derecho en referencia a todos los
trabajadores independientemente de la modalidad contractual bajo la cual se
desarrolle la prestación de servicios respectiva, es que se ha estudiado la
viabilidad de considerarlo como derecho fundamental [DF°] innominado a partir
de la cláusula de derechos implícitos prevista en el Art. 3° de la Constitución
Política [CP], teniéndose por objetivo esclarecer dicha cuestión estudiando si el
derecho en mención satisface los requisitos de fundamentalidad, especificidad,
adecuación constitucional y excepcionalidad en la formulación de derechos
implícitos. Se encontró que el aludido derecho satisface tales requerimientos,
vinculándose por tanto con el derecho a la dignidad personal además de
evidenciarse que, además de tener estructura propia, no contraría al orden
constitucional vigente.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12672/21089
Disciplina académico-profesional: Derecho con mención en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Facultad de Derecho y Ciencia Política. Unidad de Posgrado
Grado o título: Magíster en Derecho con mención en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
Jurado: Huancahuari Flores, Simeón; Gamarra Vílchez, Leopoldo Félix; Bermúdez Tapia, Manuel Alexis; Julca Babarzy, Miguel Ángel
Fecha de registro: 22-ene-2024
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