Título: La inaplicabilidad mediante control difuso del fundamentos 23 de la ejecutoria constitucional No 206- 2005-PA/TC del 28 de noviembre del 2005 a procesos de amparo de reincorporación a la actividad policial interpuestos ante la Corte Superior de Justicia de Lima por hechos ocurridos entre enero del 2000 a octubre del 2005
Asesor(es): Palomino Manchego, José Félix
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2018
Institución: Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Resumen: El control difuso es una figura incidental de control constitucional que les faculta a los jueces de todos los niveles, la inaplicación de las normas que no son compatibles con los principios constitucionales, es decir, los jueces están facultados y obligados indubitablemente en tener la observancia del principio de supremacía constitucional y el principio de inviolabilidad de la Constitución. En ese sentido, no basta el control constitucional concentrado que realiza el Tribunal Constitucional, para garantizar las normas fundamentales de la constitución, porque la interpretación constitucional muchas veces está sesgada por los intereses políticos. En este sentido vemos la posibilidad no solamente la inaplicación de las normas jurídicas ordinarias mediante control difuso, sino habría la posibilidad de la inaplicación de las sentencias vinculantes emanadas del Tribunal Constitucional, esto cuándo transgreden principios y valores de orden constitucional, es así, que vemos la posibilidad que la Ejecutoria Constitucional 206-2005-PA/TC a los Procesos de Amparo para la Reincorporación de miembros de la Policía Nacional del Perú por hechos ocurridos en el periodo del 2000 al 2005”, habría vulnerado derechos. Estas podrían haberse sesgado por las ideologías de sus miembros, teniendo en cuenta que los análisis de interpretación constitucional de los magistrados del Tribunal Constitucional no serían perfectos sino perfectibles. Además, por qué no concebir las sentencias constitucionales como normas jurídicas, teniendo en cuenta que la jurisprudencia, al decir, Rodolfo Pérez “…no solo tiene carácter de fuente del Derecho sino vinculatoriedad como norma jurídica”, por cuanto contiene principios y reglas que pueden concebirse como normas, al respecto, el jurista alemán Robert Alexy, “…tanto las reglas como los principios pueden concebirse como normas”, en ese sentido podemos entender que la Ejecutoria Constitucional, también, son normas jurídicas, por cuanto, por un lado al decir de Carlos Cossio, que toda sentencia es considerada como el fenómeno jurídico por antonomasia3 , si es así, por el otro lado de la cara de la sentencia emanan normas jurídicas que expresan mandatos, prescripciones o recomendaciones, como es el caso de la ejecutoria constitucional materia de nuestro estudio. El método difuso de control constitucional corresponde a la justicia constitucional de origen anglosajón y el control concentrado es del Tribunal Constitucional, o sea, la jurisdicción constitucional, fue planteado por Kelsen. Bajo este marco ponemos a disposición el presente estudio referido a la inaplicabilidad mediante control difuso a procesos de amparo a la actividad policial admitidos antes de la Ejecutoria Constitucional N° 206-2005 de fecha 28 de noviembre del 2005, con el cual se pretende garantizar los principios constitucionales, como: irretroactividad, la tutela jurisdiccional efectiva, tutela judicial preestablecida, defensa procesal y el juez natural, por lo que vulneran los derechos de los policías y personal de fuerzas armadas, pasados en retiro y que solicitaron su reincorporación a la actividad policial militar, mediante procesos de amparo presentados antes de la publicación de Ejecutoria constitucional mencionada. Es así, que esta Ejecutoria Constitucional conceptuado como norma jurídica estaría vulnerando los principios constitucionales y los derechos subjetivos del personal policial y militar que hayan demandado, vía proceso de amparo.
Nota: Publicación a texto completo no autorizada por el autor; El documento digital no refiere asesor
Disciplina académico-profesional: Derecho con mención en Derecho Constitucional y Derechos Humanos
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Facultad de Derecho y Ciencia Política. Unidad de Posgrado
Grado o título: Magíster en Derecho con mención en Derecho Constitucional y Derechos Humanos
Jurado: Ñique de la Puente, José Antonio; Brousset Salas, Ricardo Alberto; Soto Vallenas, Víctor Gastón Aquiles; Alarcón Requejo, Gilmer
Fecha de registro: 4-ene-2019