Buscar en Google Scholar
Título: Exp. Civil N° 2002-42071 Obligación De Dar Suma De Dinero; Exp. Penal N° 2005-0158 Robo Agravado
Asesor(es): Lopez Figueroa, Mario Luis; Alcalde Muñoz, Elvis Jorge
Fecha de publicación: 2019
Institución: Universidad Peruana de las Américas
Resumen: In the present case, the New World Bank in Liquidation has filed an Obligation to Give Money against José Eduardo Aranda La Madrid and Nora Tamayo Espejo, in order to cancel US $ 149,561.64, plus compensatory interest, moratoriums, expenses, costs and costs of the process. This is due to the fact that the defendants would not have complied with the payment of the amount indicated in the Note No. 529168 that they had subscribed and that had expired on May 31, 2002. On the other hand, the defendants in making the contradictory stated that the Note No. 529168 had been signed with the previous regulations and that it should be governed by that rule; likewise, said title lacks essential requirements that invalidate it. The Jurisdictional Body in resolving the case in the first instance declared INFOUNDED the contradiction formulated by José Eduardo Aranda La Madrid and FUNDADA the claim. This decision was confirmed in the second instance; nevertheless, when going to the Supreme Court, through appeal, the claim was declared inadmissible. Keyword: Civil Procedure, Demand Obligation to give Sum of Money, Bank Nuevo Mundo in Liquidation, Pagare No. 529168 Amount $149,561.00 with maturity date 31MAY2005, Wrong Contradiction at First Instance, the Supreme Court Via Appeal of Casacion declared the I appropriate demand.

En el presente caso se tiene que el Banco Nuevo Mundo en Liquidación interpuso Demanda de Obligación de Dar Suma de Dinero contra José Eduardo Aranda La Madrid y Nora Tamayo Espejo, a fin de que le cancele US$ 149,561.64 dólares americanos, más los intereses compensatorios, moratorios, gastos, costas y costos del proceso. Ello en razón a que los demandados no habrían cumplido con el pago del monto señalado en el Pagaré N° 529168 que habían suscrito y que había vencido el 31 de mayo de 2002. Por su parte, los demandados al realizar el contradictorio expusieron que el Pagaré N° 529168 había sido suscrito con la normatividad anterior y que se debía regir por esa norma; asimismo, dicho titular carece de requisitos esenciales que lo invalidan. El Órgano Jurisdiccional al resolver la causa en primera instancia declaró INFUNDADA la contradicción que formuló el conceptuado José Eduardo Aranda La Madrid y FUNDADA la demanda. Dicha decision, fue confirmada en segunda instancia; sin embargo al acudir a la Corte Suprema, vía recurso de casación, la demanda fue declarada improcedente. Palabra clave: Procesal Civil, Demanda Obligacion de dar Suma de dinero, Banco Nuevo Mundo en Liquidacion, Pagare N° 529168 Importe $149,561.00 con fecha de vencimiento 31MAY2005, Contradiccion Improcedente en primera Instancia, la Corte Suprema Via Recurso de Casacion declaro la Improcedente la Demanda.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Peruana de las Américas. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 11-jun-2020; 11-jun-2020

Ficheros en este ítem:
Fichero Descripción Tamaño Formato  
EXPEDIENTE PENAL N° 2005-0158.pdf
  Acceso restringido
3.93 MBAdobe PDFVisualizar/Abrir  Solicita una copia


Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons