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Título: El procedimiento administrativo sancionador en el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú
Asesor(es): Pérez Ríos, Carlos Antonio
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2016
Institución: Universidad Nacional Mayor de San Marcos
Resumen: La Potestad Sancionadora de la Administración, está regida por un conjunto de principios, contenidos en el artículo 230 de la Ley N.º 27444; encontrándose establecido en el artículo 229.2 de la ley en comento que todas las entidades de la administración pública que ejerzan potestades sancionadoras cuando tramiten los respectivos procedimientos administrativos sancionadores, aunque estos últimos se encuentren regulados por leyes especiales, estarán obligadas a observar necesariamente los principios de la potestad sancionadora administrativa consagrados en la LPAG. Asimismo, es necesario precisar que el Tribunal Constitucional ha establecido en el Expediente N.º 2050-2002-AA/TC el criterio de que la sanción administrativa no solo debe imponerse dentro de las normas establecidas en el marco institucional, sino que debe observar principios constitucionales y que la aplicación de una sanción administrativa constituye la manifestación del ejercicio de la potestad sancionatoria de la Administración, que como toda potestad, en el contexto de un Estado de Derecho, está condicionada, en cuanto a su propia validez, al respeto de la Constitución, de los principios constitucionales y, en particular, a la observancia de los derechos fundamentales. De conformidad con lo establecido, la Administración Policial en la sustanciación de procedimientos administrativos disciplinarios debe sujetarse al irrestricto respeto de los derechos constitucionales procesales y a los principios constitucionales que lo conforman y que se encuentran contenidos en el artículo 1 del Decreto Legislativo N.º 1150 modificado por el Decreto Legislativo N.º 1193, dispositivo que regula el Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú; cabe precisar, que este régimen no es uno que esté apartado del Procedimiento Administrativo General, pues como ya antes dijimos pese a tener una regulación especial, este está supeditado a los principios generales del derecho administrativo sancionador.
Nota: Publicación a texto completo no autorizada por el autor
Disciplina académico-profesional: Derecho con mención en Derecho Procesal
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Facultad de Derecho y Ciencia Política. Unidad de Posgrado
Grado o título: Magíster en Derecho con mención en Derecho Procesal
Jurado: Small Arana, Germán; Gutiérrez Tudela, Jorge Guillermo; Salgado Padilla, Amadeo Felipe; Zelada Bartra, Jaime Víctor
Fecha de registro: 5-feb-2019



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