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Ortiz, H., (2019). Expediente N°183513-2002-00562-0 Juzgado De Familia [Trabajo de suficiencia profesional, Universidad Peruana de Las Américas]. http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/847
Ortiz, H., Expediente N°183513-2002-00562-0 Juzgado De Familia [Trabajo de suficiencia profesional]. : Universidad Peruana de Las Américas; 2019. http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/847
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Título: Expediente N°183513-2002-00562-0 Juzgado De Familia
Otros títulos: Expediente N°185-2005 Juzgado 39 Penal De Lima
Autor(es): Ortiz Campos, Heidy Elin
Asesor(es): Chavez De La Peña, Veronica Rocio
Fecha de publicación: dic-2019
Institución: Universidad Peruana de Las Américas
Resumen: The present work begins with the request for a legal written complaint made by Víctor Cipriano Carrasco Torres on August 3, 2001 at the PNAR ZARATE COMMISSION, for alleged psychological abuse Psychological Violence against Doris Melva CARRASCO ROJAS, Jorge Enrique Moreto Aguirre, Isabel Tito VALDEZ MORETO and Brumilda TICLIHUANCA GARCIA. On September 21, 2001, part No. 067-CZ-DF-SJL was sent to the Provincial Prosecutor's Office of the Family, with part attaching the Víctor Cipriano Carrasco Torres demonstration and collection photocopies and main evidence (Certificate of Neuropathy, Neurocraniogram, Dx. of “Cammin” CMP Nucleus, Property Tax Payment Order, SEDAPAL Total Payment Order of s. / 1,644.00). They summoned two conciliation hearings which the first did not attend the parties, in the second summons the prosecutor ordered to file a complaint against Doris Melva CARRASCO ROSAS regarding the others who were allegedly involved in filing the case. Synthesis of self-sanitation is reorganized the process because they had not submitted strikeouts, complaints, everything was satisfied; from the conciliatory hearing none of the arts wanted to reconcile and from the test hearing passed psychological expertise from both parties Víctor Cipriano Carrasco Torres showed as a result aggressive passive behavior, lack of affection, impaired emotional state, senile dementia and the result of Doris Melva CARRASCO ROJAS resulted in a lack of parental affection, a person with a normal coefficient. The Thirteenth Family Court of Lima seen the results filed suit against Doris Melva CARRASCO ROSAS, as well as the cessation of family violence under the modality of psychological abuse by the defendant to the detriment of his father Víctor Cipriano Carrasco Torres. That the defendant be ordered to undergo a psychological evaluation in order to determine if there are alterations in her behavior before proceeding with her father, and if necessary, undergo psychological or psychiatric therapy and / or treatment. Doris Melva CARRASCO ROSAS filed an appeal to deny all types of abuse against her father Víctor Cipriano Carrasco Torres.
In San Juan de Lurigancho, on the 30th day of the month of April of the year 2003, that of the psychiatric evaluations of both parties and analysis of the
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evidential means, it is appraised in Mr. Víctor Cipriano Carrasco Torres personality paranoid disorder with organic symptoms warning alteration of pathological psychological exams, version that is checked with the four notarized letters that he sent to his children inviting them to reflection, so that the sentence is revoked and the sentence is revoked to Unfounded in all its extremes urging them to receive professional support.
The appeal has been filed by Mr. Víctor Cipriano Carrasco Torres, complying with the requirements of article 387 of the Civil Procedure Code accepted and rising to the corresponding courtroom.
On September 30, 2003, in the views and recitals, regarding the substantive requirements demanded by article 387 CPC, in the points referring to the duties and rights generated by the exercise of parental rights, such as to moderately correct the children, having them in their company, and picking them up from the place where they were without their permission, are not related to the subject in question, in addition to the fact that the children are of legal age and of the results of the psychological evaluations the appeal is declared IMPROCED presented by Mr. Víctor Cipriano Carrasco Torres and the appellant was condemned to the fine payment of three units of Procedural Reference and the publication was published in the newspaper el PERUANO.
El presente trabajo se inicia con la solicitud de denuncia escrita legal realizada por Víctor Cipriano Carrasco Torres el 03 de agosto del 2001 en la COMISARIA DE ZARATE DE LA PNP, por presunto maltrato psicológico Violencia Psicológicos contra Doris Melva CARRASCO ROJAS, Jorge Enrique Moreto Aguirre, Isabel Tito VALDEZ MORETO y Brumilda TICLIHUANCA GARCIA. El 21 de setiembre del 2001 se remitió a la Fiscalía Provincial de la Familia del Módulo Básico de Justicia de SJL el parte Nro. 067-CZ-DF—SJL, con el parte adjuntando la manifestación Víctor Cipriano Carrasco Torres y las fotocopias de recaudo y principales medios probatorios (Certificado de Neuropatía, Neurocraneograma, Dx. de “Cammin” Nucleo CMP, Orden de pago de impuesto predial, Orden de pago de SEDAPAL total de s./ 1.644.00). Citaron a dos audiencias de conciliación la cual las primeras no concurrieron las partes emplazadas, en la segunda citación la fiscal dispuso formalizaran denuncia en contra de Doris Melva CARRASCO ROSAS en cuanto a los demás que supuestamente estaban implicados archivar el caso. Síntesis de auto de saneamiento queda saneado el proceso en razón que no habían presentado tachas, quejas, todo estaba conforme; de la audiencia conciliatoria ninguna de las artes quiso conciliar y de la audiencia de pruebas pasaron pericia psicológica de ambas partes Víctor Cipriano Carrasco Torres arrojo como resultado conducta pasiva agresiva, falta de afecto, estado emocional deteriorado, demencia senil y el resultado de Doris Melva CARRASCO ROJAS tuvo como resultado falta de afecto parental, persona con coeficiente normal. El Décimo tercer Juzgado de Familia de Lima vistos los resultados interpone demanda contra Doris Melva CARRASCO ROSAS, así como el cese de la violencia familiar bajo la modalidad de maltrato psicológico por parte de la demandada en agravio de su padre Víctor Cipriano Carrasco Torres. Que se ordene a la demandada someterse a una evaluación psicológica a efecto de determinar si existen alteraciones en su conducta ante el proceder con su padre, y de ser necesario sea sometido a una terapia y/o tratamiento psicológico o psiquiátrico. vi Doris Melva CARRASCO ROSAS presento recurso de apelación negando todo tipo de maltrato en contra de su padre Víctor Cipriano Carrasco Torres. En San Juan de Lurigancho, a los 30 días del mes de abril del año 2003, que de las evaluaciones psiquiátricas de ambas partes y análisis de los medios probatorios se aprecia en el señor Víctor Cipriano Carrasco Torres trastorno paranoide de personalidad con síntomas orgánicos advirtiéndose alteración de exámenes psicológico patológicos, versión que se comprueba con las cuatro cartas notariales que envió a sus hijos invitándolos a la reflexión, por lo que se revoca la sentencia y revocándola la sentencia a Infundada en todos sus extremos exhortándolos a que reciban apoyo profesional. Presentada el recurso de casación por el señor Víctor Cipriano Carrasco Torres cumpliendo con los requisitos exigidos en el artículo 387 del Código Procesal Civil aceptada y elevándose a la sala de casación correspondiente. El 30 de setiembre del 2003, en los vistos y considerandos, en cuanto a los requisitos de fondo exigidos por el articulo 387 CPC, en los puntos referidos a los deberes y derechos que genera el ejercicio de la patria potestad, tales de corregir moderadamente a los hijos, tenerlos en su compañía, y recogerlos del lugar donde estuvieran sin su permiso, no tienen relación con el tema en cuestión además que los hijos ya son mayores de edad y de los resultados de las evaluaciones psicológicas no arrojan consecuencias por maltrato psicológico por lo que se declara IMPROCEDENTE el recurso de casación presentada por don Víctor Cipriano Carrasco Torres y se CONDENO al recurrente al pago multa de tres unidades de Referencia Procesal y se DISPUSO la publicación en el Diario el Peruano.
El presente trabajo se inicia con la solicitud de denuncia escrita legal realizada por Víctor Cipriano Carrasco Torres el 03 de agosto del 2001 en la COMISARIA DE ZARATE DE LA PNP, por presunto maltrato psicológico Violencia Psicológicos contra Doris Melva CARRASCO ROJAS, Jorge Enrique Moreto Aguirre, Isabel Tito VALDEZ MORETO y Brumilda TICLIHUANCA GARCIA. El 21 de setiembre del 2001 se remitió a la Fiscalía Provincial de la Familia del Módulo Básico de Justicia de SJL el parte Nro. 067-CZ-DF—SJL, con el parte adjuntando la manifestación Víctor Cipriano Carrasco Torres y las fotocopias de recaudo y principales medios probatorios (Certificado de Neuropatía, Neurocraneograma, Dx. de “Cammin” Nucleo CMP, Orden de pago de impuesto predial, Orden de pago de SEDAPAL total de s./ 1.644.00). Citaron a dos audiencias de conciliación la cual las primeras no concurrieron las partes emplazadas, en la segunda citación la fiscal dispuso formalizaran denuncia en contra de Doris Melva CARRASCO ROSAS en cuanto a los demás que supuestamente estaban implicados archivar el caso. Síntesis de auto de saneamiento queda saneado el proceso en razón que no habían presentado tachas, quejas, todo estaba conforme; de la audiencia conciliatoria ninguna de las artes quiso conciliar y de la audiencia de pruebas pasaron pericia psicológica de ambas partes Víctor Cipriano Carrasco Torres arrojo como resultado conducta pasiva agresiva, falta de afecto, estado emocional deteriorado, demencia senil y el resultado de Doris Melva CARRASCO ROJAS tuvo como resultado falta de afecto parental, persona con coeficiente normal. El Décimo tercer Juzgado de Familia de Lima vistos los resultados interpone demanda contra Doris Melva CARRASCO ROSAS, así como el cese de la violencia familiar bajo la modalidad de maltrato psicológico por parte de la demandada en agravio de su padre Víctor Cipriano Carrasco Torres. Que se ordene a la demandada someterse a una evaluación psicológica a efecto de determinar si existen alteraciones en su conducta ante el proceder con su padre, y de ser necesario sea sometido a una terapia y/o tratamiento psicológico o psiquiátrico. vi Doris Melva CARRASCO ROSAS presento recurso de apelación negando todo tipo de maltrato en contra de su padre Víctor Cipriano Carrasco Torres. En San Juan de Lurigancho, a los 30 días del mes de abril del año 2003, que de las evaluaciones psiquiátricas de ambas partes y análisis de los medios probatorios se aprecia en el señor Víctor Cipriano Carrasco Torres trastorno paranoide de personalidad con síntomas orgánicos advirtiéndose alteración de exámenes psicológico patológicos, versión que se comprueba con las cuatro cartas notariales que envió a sus hijos invitándolos a la reflexión, por lo que se revoca la sentencia y revocándola la sentencia a Infundada en todos sus extremos exhortándolos a que reciban apoyo profesional. Presentada el recurso de casación por el señor Víctor Cipriano Carrasco Torres cumpliendo con los requisitos exigidos en el artículo 387 del Código Procesal Civil aceptada y elevándose a la sala de casación correspondiente. El 30 de setiembre del 2003, en los vistos y considerandos, en cuanto a los requisitos de fondo exigidos por el articulo 387 CPC, en los puntos referidos a los deberes y derechos que genera el ejercicio de la patria potestad, tales de corregir moderadamente a los hijos, tenerlos en su compañía, y recogerlos del lugar donde estuvieran sin su permiso, no tienen relación con el tema en cuestión además que los hijos ya son mayores de edad y de los resultados de las evaluaciones psicológicas no arrojan consecuencias por maltrato psicológico por lo que se declara IMPROCEDENTE el recurso de casación presentada por don Víctor Cipriano Carrasco Torres y se CONDENO al recurrente al pago multa de tres unidades de Referencia Procesal y se DISPUSO la publicación en el Diario el Peruano.
Enlace al repositorio: http://repositorio.ulasamericas.edu.pe/handle/upa/847
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Peruana de Las Américas. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 29-ene-2020; 29-ene-2020
Ficheros en este ítem:
Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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EXPEDIENTE CIVIL Nº 183513-2002 VIOLENCIA FAMILIAR.pdf Acceso restringido | 974.6 kB | Adobe PDF | Visualizar/Abrir Solicita una copia |
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