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Título: ¿Existió realmente publicidad engañosa en la promoción de televisores ofrecidas por Tiendas Efe?
Otros títulos: According to Resolution No. 186-2021/CCD-INDECOPI, is there really misleading advertising in the cyber days?
Asesor(es): Zuniga, THALIA
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01; https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 27-jul-2024
Institución: Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)
Resumen: El 5 de octubre de 2021, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (en adelante, Indecopi) emitió la Resolución Nº 188-2021/CCD-INDECOPI, a través de la cual sancionó a Conecta Retail S.A. (en adelante, Tiendas Efe) por cometer de actos de competencia desleal en la modalidad de engaño, puesto que difundió una promoción de ventas de un Televisor con una supuesta rebaja de S/ 899 a S/ 699; sin embargo, Tiendas Efe habría fijado un precio de referencia artificialmente alto para crear una supuesta falsa impresión de ahorro en los consumidores, lo que los incitaría al error, según el Indecopi. En atención a dicha Resolución nos surge la pregunta: ¿Qué considera Indecopi como una práctica comercial engañosa? Es por ello, que nos centraremos en analizar y cuestionar los conceptos proteccionistas de nuestra legislación, respecto de una relación de consumo. Enfocando de manera más precisa nuestra investigación, desarrollaremos las transacciones que se realizaron en Tiendas Efe y como se ofertaron estos productos (televisores) con supuestas rebajas, que podrían o no ser consideradas prácticas de publicidad engañosa; pero que, a pesar de ello, los consumidores no dudaron en adquirir. Así, desarrollaremos la importancia de que nuestra legislación proteja a un consumidor diligente, que busque información relevante sobre el bien o servicio que necesita o desea adquirir y que, sobre todo, prime en la relación de consumo la libertad de los agentes al encontrarnos en una economía social de mercado.

On October 5, 2021, the National Institute for the Defense of Competition and the Protection of Intellectual Property (hereinafter, Indecopi) issued Resolution No.188-2021/CCD-INDECOPI, through which it sanctioned Conecta Retail S.A. (hereinafter, Tiendas Efe) for committing acts of unfair competition in the form of deception, Since he disseminated a sales promotion of a TV with an alleged reduction from S / 899 to S / 699; however, Tiendas Efe would have set an artificially high reference price to create an alleged false impression of savings in consumers, which would incite them to error, according to Indecopi. In response to said Resolution, the question arises: What do you consider Indecopi as a deceptive business practice? That is why we will focus on analyzing and questioning the protectionist concepts of our legislation, regarding a consumer relationship. Focusing more precisely on our research, we will develop the transactions that were carried out in Efe Stores and how these products (televisions) were offered with alleged discounts, which could or could not be considered misleading advertising practices; but that, despite this, consumers did not hesitate to acquire.  So, we will develop the importance of our legislation protecting a diligent consumer, who seeks relevant information about the good or service he needs or wants to acquire and that, above all, the freedom of agents when we are in a social market economy prevails in the consumer relationship.
Enlace al repositorio: http://hdl.handle.net/10757/674624
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC). Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Zuñiga Medina, Thalía Lily; Rezkalah Accinelli, Eduardo Jose
Fecha de registro: 3-ago-2024



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