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Título: La incorporación legislativa de la revocación en las medidas cautelares dentro del código procesal civil peruano
Asesor(es): Zegarra Arévalo, Ronal Manolo
Palabras clave: LegislativaCivil
Campo OCDE: http://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad Privada Antenor Orrego
Resumen: Nuestro trabajo de investigación titulado: “La incorporación legislativa de la revocación en las medidas cautelares, dentro del Código Procesal Civil peruano”, busca demostrar una grave omisión en nuestra norma adjetiva civil, toda vez que, esta no regula una categoría jurídica denominada revocación cautelar, lo cual repercute significativamente en perjuicio de la parte demandada o ejecutada. Por tal razón es que en esta tesis nos hemos hecho la siguiente pregunta: ¿De qué manera es necesario que se regule legislativamente la revocatoria a la medida cautelar, en el Código Procesal Civil peruano vigente? En aras de dar su explicación, nos hemos formulado la siguiente hipótesis: “Es necesario que se regule legislativamente la revocatoria a la medida cautelar, en el Código Procesal Civil peruano vigente ya que de esta manera se asegura el Derecho de defensa del afectado con una medida cautelar, pues existiría la posibilidad de que cuando desaparezcan los motivos que dieron origen a la concesión de una medida cautelar y pueda solicitar el levantamiento de la misma sin tener que esperar a la conclusión de proceso”. Así mismo nos hemos formulado el siguiente objetivo general: “Determinar si resulta necesario que se regule legislativamente la revocación de la medida cautelar, en el Código Procesal Civil Peruano vigente”. El mismo que a través de los métodos lógicos, así como con ayuda de los métodos jurídicos dogmático, hermenéutico nos han permitido concluir, entre otras cosas, que la regulación de una categoría como la revocación de una medida cautelar se condice más con un proceso en el que prime un verdadero debido proceso, ya que con esta categoría se aseguraría de una mejor forma el derecho del ejecutado a una medida cautelar, en tanto y en cuanto no va a estar supeditado de manera absoluta al término del proceso principal para recién poder levantarla. Considerando que ese levantamiento tardío de la medida cautelar, que por lo general afectará su patrimonio; le podría provocar un perjuicio iv irreparable, pues hay que tener en cuenta que una medida cautelar no significa un castigo ni una sanción para el demandado o ejecutado en un proceso civil

Our research work entitled: ““The legislative incorporation of revocation in precautionary measures, within the Peruvian Civil Procedure Code““, seeks to demonstrate a serious omission in our civil adjective norm, since it does not regulate a legal category called precautionary revocation. , which has significant repercussions to the detriment of the sued or executed party. For this reason, in this thesis we have asked ourselves the following question: How is it necessary to legislatively regulate the revocation of the precautionary measure, in the current Peruvian Code of Civil Procedure? In order to give its explanation, we have formulated the following hypothesis: ““It is necessary that the revocation of the precautionary measure be regulated legislatively, in the current Peruvian Code of Civil Procedure, since in this way the right of defense of the affected party is ensured with a precautionary measure, since there would be the possibility that when the reasons that gave rise to the granting of a precautionary measure disappear and you can request its lifting without having to wait for the conclusion of the process.” Likewise, we have formulated the following general objective: ““Determine if it is necessary to legislate the revocation of the precautionary measure, in the current Peruvian Code of Civil Procedure.““ The same that through logical methods, as well as with the help of dogmatic, hermeneutical legal methods have allowed us to conclude, among other things, that the regulation of a category such as the revocation of a precautionary measure is more consistent with a process in the one that prevails a true due process, since with this category the right of the executed person to a precautionary measure would be better ensured, as long as it will not be absolutely subject to the end of the main process to only be able to lift it . Considering that this late lifting of the precautionary measure, which will generally affect your assets; it could cause irreparable damage, since it must be taken into account that a precautionary measure does not mean a punishment or a sanction for the defendant or executed in a civil proceeding
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Privada Antenor Orrego. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grado o título: Abogado
Jurado: Florián Vigo, Olegario David; Heras Zarate, Luis Henry; Villena Veneros, Sheyla Lisset
Fecha de registro: 22-mar-2022



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