Buscar en Google Scholar
Título: La desproporcionalidad del plazo de prescripción en materia de tránsito terrestre peruano
Asesor(es): Vargas Paiva, Liliana Andrea
Fecha de publicación: 2017
Institución: Universidad Privada Antenor Orrego - UPAO
Resumen: Esta investigación busca que el procedimiento administrativo sancionador en materia de transportes no transgreda los principios del procedimiento administrativo general, puesto que dichos principios son los que frenan la potestad sancionadora de la administración pública. Como se sabe el procedimiento administrativo sancionador, tiene plazos que cumplir, y en materia de transportes se rige por una ley especial, mediante D.S. 016-2009-MTC, modificado por el D.S. 003-2014-MTC, en el cual por ineficiencia de la Administración Pública, ampliaron el plazo para sancionar de uno a cuatro años, sometiendo al administrado a una situación jurídica irresoluta y permanente. Puesto que en transportes, existe un plazo máximo de inhabilitación correspondiente a tres años, y con la modificatoria del artículo 338º del D.S. 016-2009-MTC, pueden estar sancionados hasta por siete años. Perjudicando los derechos y causando daños a los administrados, así como vulnerando directamente el principio del debido proceso, en la vertiente del plazo razonable.

This investigation looks that the administrative sanctioning procedure as for transport not transgress the beginning of the administrative general procedure, since the above mentioned beginning is those that stop the legal authority penalty of the public administration. Since there is known the administrative sanctioning procedure, it has period that to expire, and as for transport one governs for a special law, by means of D.S. 016-2009-MTC, modified by the D.S. 003-2014-MTC, in which for inefficiency of the Public Administration, they extended the term to sanction from one to four years, submitting the administered one to a juridical irresolute and permanent situation. Since in transport, there exists a maximum term of incapacitation corresponding to three years, and with the article 338 º of the D.S. 016-2009-MTC amendments, they can be sanctioned even for seven years. Harming the rights and causing hurts to the administered ones, as well as damaging directly the beginning of the due process, in the slope of the reasonable term.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Privada Antenor Orrego. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 6-nov-2017



IMPORTANTE
La información contenida en este registro es de entera responsabilidad de la universidad, institución o escuela de educación superior que administra el repositorio académico digital donde se encuentra el trabajo de investigación y/o proyecto, los cuales son conducentes a optar títulos profesionales y grados académicos. SUNEDU no se hace responsable por los contenidos accesibles a través del Registro Nacional de Trabajos de Investigación – RENATI.