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Título: Prisión preventiva y la afectación del principio constitucional de presunción de inocencia en el distrito judicial de Huaura - año 2016
Asesor(es): Jimenez Fernandez, Wilmer Magno
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 26-feb-2021
Institución: Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión
Resumen: Objetivo: Determinar cómo la institución de la prisión preventiva, bajo los alcances del artículo 268° del Código Procesal Penal se convierte en un instrumento de contravención del principio procesal de presunción de la inocencia en el distrito judicial de Huaura en el año 2016. Métodos: La población de estudio fueron 62 personas (jueces, fiscales, asistentes fiscales, asistentes judiciales, abogados, usuarios y estudiantes de derecho del último ciclo de la UNJFSC) para ello se ha utilizado el método científico el cual analiza las controversias respecto a la aplicación de la prisión preventiva en la Corte Superior de Huaura, año 2016, debe tenerse en cuenta que esta institución jurídica procesal penal es de última ratio, es decir que frente a una situación de emergencia, de grave riesgo, se dicta, lo que no debe ser de manera masificada, lo que ha conllevado a que en muchos casos se haya extralimitado, pero en tantos otros, sobre todo a los políticos como El Gobernador del Callao, al expresidente Alejandro Toledo, no se ha vulnerado sus derechos, especialmente el derecho de presunción de inocencia; así se tiene lo señalado en el reciente pronunciamiento emitido por el Tribunal Constitucional (CASO OLLANTA HUMALA) dentro del cual se establece la accesoriedad de la medida y extrema gravedad para aplicar la prisión preventiva. Resultados: los datos obtenidos, advierten que los fiscales y los jueces en muchos casos, se ha extralimitado en solicitar la prisión preventiva, sin que se cumpla con los requisitos que establece las norma, tampoco con el test para su otorgamiento, especialmente cuando hay una presión mediática de los medios de comunicación o del llamado populismo penal. Conclusión: Entonces no debe dejarse de aplicar la prisión preventiva, pero siempre que la situación fáctica y procesal del imputado así lo amerite, es decir, debe darse estrictamente cuando se justifica dicha medida, pero priorizando el principio de presunción de inocencia, como garantía de la libertad.
Disciplina académico-profesional: Derecho y Ciencias Politicas
Institución que otorga el grado o título: Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión.Facultad de Derecho y Ciencias Politicas
Grado o título: Abogado
Jurado: Sanjinez Salazar, Jovian Valentin; Bailon Osorio, Oscar Alberto; Milan Matta, Bartolome Eduardo
Fecha de registro: 11-mar-2021



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