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Título: Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 2018007639
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el informe jurídico se analiza la vulneración del derecho al debido procedimiento dentro del, valga la redundancia, Procedimiento de Duda Razonable. Éste se inicia con la notificación de Duda Razonable N°118-2017-5405 por parte de la Administración Aduanera al importador I.C.D.N.E.I.R.L. debido a que se encontraron en el SIVEP referencias de valor mayores a las declaradas por este último. Ante ello el importador procede a presentar la factura comercial, documentos contables y bancarios a fines de demostrar que el precio declarado en la DAM N°118-10-2017- 166971 (series 2 y 3) es el valor de la transacción. La Sección de Conclusión del Despacho de la Administración Aduanera posteriormente emite el Informe de Determinación de Valor N°118-2017-3152 en la cual resta valor probatorio a todos los documentos presentados y determina proceder con la aplicación del Tercer Método de Valoración Aduanera emitiendo la Liquidación de Cobranza N°2017-145496. En vista a lo anterior el importador interpone recurso de reclamación argumentando que los documentos presentados sustentan el valor de la transacción y que conforme lo dispone el numeral 31 de la Sección V del Procedimiento de Valoración DESPAPE. 01.10A versión 6, si la Administración Aduanera tiene dudas de los documentos bancarios debe proceder a consultar a la entidad financiera para que le brinde la confirmación de la misma. La División de Controversias de la Administración Aduanera emite la Resolución Jefatural de División N°118 3D7100/2018-000508 resolviendo en declarar infundado el recurso de reclamación confirmando todos los argumentos del Informe de Determinación de Valor y dispone se prosiga con el cobro de la citada liquidación de cobranza. Ante ello el importador interpone recurso de apelación, en el cual reitera los argumentos de su recurso de reclamación, siendo que, el Tribunal Fiscal resuelve revocar la Resolución Jefatural de División N°118 3D7100/2018-000508 motivando su resolución en que la Administración Aduanera no ha cumplido con sustentar el descarte del Primer Método de Valoración Aduanera, puesto que de los documentos probatorios presentados y su evaluación integral se acredita el valor de la transacción de la factura comercial.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Ostos Espinoza, Yube Emilio; Samhan Salgado, Fiorella Marlene; Villegas Lévano, César Marti
Fecha de registro: 8-nov-2023



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