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Rodríguez, S., (2023). Informe Jurídico de Expediente Penal N° 05665-2014-0-0901-JR-PE-00 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12856
Rodríguez, S., Informe Jurídico de Expediente Penal N° 05665-2014-0-0901-JR-PE-00 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12856
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Título: Informe Jurídico de Expediente Penal N° 05665-2014-0-0901-JR-PE-00
Autor(es): Rodríguez Tackach, Solange Diane
Palabras clave: Proceso penal; Violación sexual a menor de edad; Demanda
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: Este Informe Legal examina un caso penal que fue procesado bajo el Código de
Procedimientos Penales de 1940 por el delito de violación sexual de un menor
de edad, tal como se define en el artículo 173°, inciso 2 del Código Penal,
modificado por la Ley No. 30838. La denuncia fue formalizada por la Tercera
Fiscalía Provincial Mixta de Carabayllo, quien luego emitió el Auto de Apertura
de Instrucción para dar inicio a la etapa de instrucción. Seguidamente, la
Segunda Fiscalía Superior Penal del Distrito Judicial de Lima Norte formuló
acusación:
contra el denunciado W.J.M.P. contra la menor de iniciales A.S.L.V. por la
comisión del delito de Violación Sexual de Menor de Edad, solicitando la
imposición de una pena privativa de libertad de treinta y un años y el pago
de una suma de S/5,000.00 (Cinco mil 00/100 soles) como reparación civil.
El proceso de juicio se inició con la emisión del Auto de Procesamiento Superior.
En consecuencia, la Primera Sala Penal de Lima Norte dictó sentencia
condenatoria contra el acusado, la cual incluyó una pena de doce años de prisión
y el pago de S/5,000.00 (Cinco mil y 00/100 soles) en concepto de reparación
civil. La fiscalía y el acusado en este caso interpusieron un recurso de nulidad al
no estar conformes con la sentencia, y la Sala Penal Transitoria de la Corte
Suprema de Justicia lo resolvió, cuyo pronunciamiento señala:
no haber nulidad en la sentencia que condenó a W.J.M.P. como autor del
delito de violación sexual de menor, en perjuicio de la menor A.S.LV.,
haber nulidad en cuanto a la imposición de doce años de pena privativa
de la libertad, y reformula la misma, a treinta años de pena privativa de
libertad, y por último, manifiesta no haber nulidad en lo demás que
contiene y es materia del recurso, es decir, el pago de una suma
ascendente a S/5,000.00 (Cinco mil y 00/100 soles) por concepto de
reparación civil.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/12856
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Oyarce Delgado, Jeannette Elaine; Rosales Artica, David Emmanuel; Carrión Díaz, Juan Elías
Fecha de registro: 16-nov-2023
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