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La, R., (2021). Informe Jurídico de Expediente Civil N° 12501-2011-0-1801-JR-CI-07 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/8624
La, R., Informe Jurídico de Expediente Civil N° 12501-2011-0-1801-JR-CI-07 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2021. https://hdl.handle.net/20.500.12727/8624
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Título: Informe Jurídico de Expediente Civil N° 12501-2011-0-1801-JR-CI-07
Autor(es): La Rosa Ruiz, Rosa Adriana
Palabras clave: Acción de amparo; Pensión por invalidez; Demanda
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: El presente Informe Jurídico expone el expediente 12501-2011, materia Acción de
Amparo, con fecha 01 de julio del 2011 Don Félix Celedonio Cruz Torres interpone
proceso de amparo ante el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima contra Pacifico
Vida Cía. Seguros y Reaseguros S.A. solicitando se le otorgue pensión por invalidez
por enfermedad profesional, por haber adquirido la enfermedad de Hipoacusia
Neurosensorial bilateral severa debido al trabajo que realizó por más 37 años en la
minera metalúrgica Southern Perú Copper Corporation diagnostico que lo sustenta
con el certificado médico y la relación laboral con el certificado de trabajo. Pacifico
Vida compañía de Seguros interpone excepción de legitimidad para obrar y se
declare infundada la demanda por los motivos que expone que en la fecha que
diagnostica la enfermedad el demandante no contaba con un Seguro
Complementario de salud (SCTR). Al respecto el juzgado luego de analizar los
hechos declara infundada la excepción por haberse demostrado la legitimidad para
obrar del demandante e infundada la demanda por existir dudas en el nexo causal
de la enfermedad y labores de trabajo. Resolución que fue apelada por el actor
elevada a la primera Sala Civil, la cual luego de revisar los hechos presentados por
ambas partes confirma la sentencia de primera instancia, infundada la excepción e
infundada la demandad por las mismas razones. No conforme con lo señalado por
la Sala Don Feliz Cruz Torres presenta Recurso de Agravio ante el Tribunal
Constitucional, manifestando que la sala no ha valorado los certificados ni las
evaluaciones medicas presentadas , por lo cual presenta nuevas pruebas que
sustentan su pedido de pensión por invalidez por enfermedad profesional ante el
Tribunal Constitucional, el colegiado analiza las sentencias expedidas ,revisa todo
lo actuado y expuesto por ambas partes , y en voto en mayoría el 12 de febrero del
2019 declara fundada la demanda interpuesta por Feliz Celedonio Cruz Torres por
haberse vulnerado el derecho a la pensión, disponiendo se le otorgue la pensión
por invalidez por enfermedad profesional.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/8624
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Hernández Chávez, Pedro Alfredo; Jorge Rojas, Gustavo Antenor Paulo; Suclupe Mendoza, Marcos Alberto
Fecha de registro: 20-ago-2021
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