Buscar en Google Scholar
Título: Afectación del interés superior del niño por la inadecuada valoración de los comportamientos parentales especificos en la tenencia compartida
Asesor(es): Rivera Maguiña, Monica Carolina
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: La situación de los niños, niñas y adolescentes con progenitores separados constituye un interés permanente de la sociedad y del Estado para garantizar el desarrollo integral de los mismos. Esta preocupación e interés se plasma en la regulación supranacional prevista en el Convención sobre los Derechos de Niño, así como en la Declaración de los Derechos del Niño, que establecen el principio del interés superior del niño, como instrumento sustantivo, procesal e interpretativo para procurar la mayor satisfacción de los derechos de los niños, niñas y adolescentes que presentan la situación de progenitores separados. Resulta entonces que, producida la separación de los progenitores, la sociedad, las instituciones y el Estado deben realizar el mayor esfuerzo para minimizar el impacto negativo de tal circunstancia en el desarrollo de los niños, niñas y adolescentes. Conforme al interés superior del niño, la determinación de la tenencia y protección de los niños, niñas y adolescentes con progenitores separados, se debe realizar desde el enfoque de la satisfacción de los derechos que conciernen a aquellos, como sujetos plenos de derecho, con capacidad para expresar lo que convenga a su interés, como ejercicio de su derecho de opinión, para plasmar su derecho de residencia o el lugar donde desean vivir, conforme señala la norma supranacional se debe garantizar al niño que esté en condiciones de formarse un juicio propio del derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten, teniéndose debidamente en cuenta sus opiniones, en función de su edad y madurez (art. 12). Por otra parte, en la regulación de la tenencia de los hijos e hijas con padres separados es preciso tener en cuenta los derechos deberes de coparentalidad y corresponsabilidad. Por el primero, los hijos de padres separados tienen el derecho irrestricto de mantener su derecho de comunicación con ambos progenitores, al igual que éstos últimos tienen el derecho y el deber de mantener la comunicación con sus hijos. Por otro lado, el principio de corresponsabilidad exige que ambos progenitores cumplan sus deberes parentales sin ninguna discriminación, como establece la Convención, ambos padres tienen obligaciones comunes en lo que respecta a la crianza y el desarrollo del niño (art. 18.1). En este punto, surge la importancia del análisis de los comportamientos parentales específicos, como conductas o características personales que pueden tener impactos positivos o negativos en el desarrollo de los hijos, los mismos que deben ser rigurosamente establecidos en los casos concretos, a través de informes sociales o pericias especializadas, superando cualquier especulación o estereotipo. Visto así, la tenencia no puede significar solamente la distribución o reparto temporal equitativo de los hijos entre los progenitores separados, cuando exista un comportamiento parental específico con impacto positivo o negativo en el desarrollo integral de los niños, niñas o adolescentes, sino que el mismo servirá para modular o armonizar el ejercicio de la tenencia respecto de cada uno de los progenitores, tomando en cuenta el comportamiento parental específico.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Magíster en Derecho
Jurado: Ramos Miraval, Miguel Eduardo; Morales Saravia, Francisco Humberto; Romero Arteaga, Michel Alonso
Fecha de registro: 21-abr-2022



Este ítem está sujeto a una licencia Creative Commons Licencia Creative Commons Creative Commons