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Montero, L., (2023). Informe Jurídico sobre Expediente N° 03431-2012-0- 1801-JRPE-00 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/13072
Montero, L., Informe Jurídico sobre Expediente N° 03431-2012-0- 1801-JRPE-00 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12727/13072
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Title: Informe Jurídico sobre Expediente N° 03431-2012-0- 1801-JRPE-00
Authors(s): Montero Cahuana, Linda Marilin
Keywords: Violencia sexual; Violación; Menores de edad
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 2023
Institution: Universidad de San Martín de Porres
Abstract: En el presente informe jurídico se analiza la investigación, juicio y condena que se le realiza al ciudadano F.A.H.L por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad regulado en el artículo 173 numeral 1 concordado con el artículo 16 del Código Penal en agravio de la menor con clave 43-2012, tramitado bajo las reglas del Código de Procedimientos Penales de 1940.
Luego de realizada el recojo de información, que se genera en la investigación, la Primera Fiscalía Provincial Mixta de la Molina - Cieneguilla emite la formalización de la denuncia penal con lo cual el caso de judicializa y pasa a cargo del juez instructor perteneciente al Juzgado de Turno Permanente de la
Corte Superior de Justicia de Lima, para finalmente realizar el control de acusación y se emita el dictamen acusatorio con lo cual el caso pasa a etapa de juzgamiento a cargo de la Novena Fiscalía Superior Penal de Lima como ente
acusador y la Tercera Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de Lima como ente juzgador.
Después del desarrollo del juicio, la Tercera Sala Penal resuelve condenando al ciudadano F.A.H.L a diecisiete años de pena privativa de la libertad, asimismo, se fijó como monto de la reparación civil, la suma de S/20,000.00 soles. Posteriormente, se verifica que la condena impuesta fue impugnada por el abogado defensor del condenado y por el Ministerio Público, representado por el Fiscal. Siendo la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la
República, declaró haber nulidad solo en el extremo de la pena privativa de libertad, reformándola incrementaron al condenado, 22 años de pena privativa de libertad.
Link to repository: https://hdl.handle.net/20.500.12727/13072
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grade or title: Abogado
Juror: Príncipe Trujillo, Hugo Herculano; Rosales Artica, David Emmanuel; Oyarce Delgado, Jeannette Elaine
Register date: 25-Jan-2024
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