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Título: Informe jurídico sobre expediente N° 04215-2016-0-0401-JR-CI-08
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En este caso, el demandante A.R.W.G.V. busca la nulidad de dos actos jurídicos: una Escritura Pública de Ratificación de Compraventa, otorgada el 10 de enero de 1996, y un Contrato Privado de Compraventa celebrado el 12 de septiembre de 1988. Los demandados son su hermana M.C.G.V.P. y su cuñado L.P.B.M. El conflicto gira en torno al inmueble ubicado en el segundo piso de la calle, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa, en cuya ratificación también se aclara que se incluye el aire de dicho inmueble, cuyos límites son los siguientes: al frente con la calle Venezuela, mediante una línea quebrada de tres segmentos que miden: 7,77 ml., 1,25 ml. Y 3,35 ml. del lado derecho ingresando con propiedad de don V.M.G.F. y esposa, a través de una línea quebrada de tres segmentos que miden: 5 ml., 0.30 ml. Y 2,30 ml. al lado izquierdo con la propiedad de don C.P.R., a través de una línea recta de 9.60 ml., y al fondo ingresando con la propiedad de don V.M.G.F. y esposa, a través de una línea quebrada de cinco segmentos que miden: 2,05 ml., 3,50 ml., 3,425 ml., 2,40 ml. y 6,88 ml. Según el demandante, estos actos jurídicos involucran la transferencia de propiedad de este apartamento a favor de los demandados por parte de sus padres. El demandante solicita que se declare la nulidad de estos actos, argumentando que no se respetaron los procedimientos legales adecuados y que él no fue debidamente informado o consultado sobre estas transacciones. Al respecto, tramitado el proceso conforme a Ley, el Juez del 8° Juzgado Civil de Arequipa declara infundada la demanda, ello al fundamentar que no se ha demostrado la falsificación de las firmas ni la suplantación de las partes involucradas, sugiriendo que la voluntad declarada en los contratos es válida. Desestimando así la demanda presentada por A.R.W.G.V. Que habiendo sido confirmada la decisión de primea instancia, y así no cumpliendo con el requisito legal de modificar al menos parcialmente la decisión de primera instancia, se rechazó el recurso de casación, resaltando la importancia de cumplir con los requisitos legales al presentar recursos de casación para garantizar un proceso legal adecuado.
Nota: Modalidad de obtención de grado y título sin designación de asesor
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Guzmán Halberstadt, César Armando; Romero Arteaga, Michel Alonso; Liendo Miranda, Claudia Elisa
Fecha de registro: 14-jun-2024



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