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Gavelán, J., (2023). Informe Jurídico de Expediente Civil N° 20273-2015-0-1801-JR-CI-19 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12415
Gavelán, J., Informe Jurídico de Expediente Civil N° 20273-2015-0-1801-JR-CI-19 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12415
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Título: Informe Jurídico de Expediente Civil N° 20273-2015-0-1801-JR-CI-19
Autor(es): Gavelán Gaspar, Juan Arturo
Palabras clave: Proceso civil; Otorgamiento de Escritura Pública; Compraventa
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente Informe Jurídico procederé a analizar un proceso civil sobre
Otorgamiento de Escritura Pública. La demanda de Otorgamiento de Escritura
Pública fue interpuesta por don CEMC y doña JSOD en contra de don VNAA y doña
VMC. En el presente proceso, la sentencia de primera instancia, de fecha 26 de
setiembre del 2016, se declaró fundada la demanda respecto al Otorgamiento de
Escritura Pública. Luego, una de las partes demandada, don VNAA, apeló la
sentencia en mención, solicitando que se eleve al superior jerárquico con el fin de
que la demanda se declare infundada; esta, se concede posteriormente con efectos
suspensivos el 03 de febrero del 2017. Paralelamente, la parte codemandada, doña
VMC, declarada rebelde inicialmente, presenta su apersonamiento y nombramiento
de abogado el 09 de marzo del 2017, para luego –con fecha 13 de marzo del 2017-
, interponer recurso de apelación y solicitar la nulidad de todos los actos procesales
hasta la etapa de admisión de la demanda. A ello, el 19° juzgado civil responde que,
habiéndose concedido ya la apelación con efectos suspensivos, solicitado por don
VNAA, la presente judicatura perdió la competencia, razón por la cual su pedido
deberá ser solicitado en la instancia superior. Presentando aquella su pretensión en
la sala superior, la Quinta Sala Civil declara, mediante resolución, improcedente la
nulidad formulada por doña VMC. Finalmente, la Corte Superior de Justicia de Lima
revoca la sentencia de primera instancia de Otorgamiento de Escritura Pública,
reformándola y declarándola improcedente.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/12415
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Guzmán Halberstadt, César Armando; Romero Arteaga, Michel Alonso; Liendo Miranda, Claudia Elisa
Fecha de registro: 19-sep-2023
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