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Cueva, I., (2024). Informe jurídico sobre expediente N° 6918-2023-TCE [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/14387
Cueva, I., Informe jurídico sobre expediente N° 6918-2023-TCE []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2024. https://hdl.handle.net/20.500.12727/14387
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Título: Informe jurídico sobre expediente N° 6918-2023-TCE
Autor(es): Cueva Rodas, Isabel Violeta
Palabras clave: Concurso público; Contrataciones del Estado; Nulidad (Derecho)
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: ELECTROCENTRO convocó un concurso público para la “Contratación del
servicio de operación de subestaciones de potencia, grupos térmicos, centro de
control y equipos automatizados de ELECTROCENTRO S.A.”. La controversia
se genera entre las únicas dos empresas cuyas ofertas fueron admitidas. La
empresa que fue calificada en segundo lugar de prelación impugnó el
otorgamiento de la Buena Pro por el Comité de Selección, alegando que la
naturaleza de la contratación presentada para la acreditación de experiencia
específica exigiría el cumplimiento de reglas distintas en las Bases Integradas.
Específicamente, alega que la contratación presentada tendría que cumplir las
reglas asignadas para los contratos de ejecución periódica o continua, no para
los contratos de ejecución única, toda vez que de la documentación presentada
se aprecia que el contrato contenía distintas prestaciones y entregables.
Además, expone incongruencias entre la documentación presentada.
El TCE rechaza el argumento relacionado a la naturaleza contractual, toda vez
que la existencia de distintos entregable no afecta el carácter contrato de
ejecución única, pues la duración no constituye un elemento esencial en este
caso, y todos los entregables cumplen con una sola finalidad. Sin embargo,
señala la existencia de incongruencias en la documentación determina una
ausencia de verificación de la trazabilidad por el Comité de Selección, lo que
supone una vulneración al principio de igualdad de trato regulado en la Ley de
Contrataciones del Estado, por lo que decide declarar la nulidad de oficio del
procedimiento de selección y retrotraer los actuados a la etapa de calificación.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/14387
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Saavedra Sobrados, Celso Alfredo; Cárdenas Velarde, Roy Fernando; Miñano Donayre, Alicia Liceth
Fecha de registro: 8-jul-2024
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