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Muñoz, W., (2023). Informe Jurídico de Expediente Penal N° 1918-2018 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12796
Muñoz, W., Informe Jurídico de Expediente Penal N° 1918-2018 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12796
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Título: Informe Jurídico de Expediente Penal N° 1918-2018
Autor(es): Muñoz Tito, Wander Juniors
Palabras clave: Proceso penal; Delito contra el patrimonio; Robo agravado
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: Con fecha 08 de octubre de 2018, las personas de L.A.B.A., A.M.G.C. y
M.E.V.C., se presentaron a la Comisaría de Vegueta, a fin de denunciar haber
sido víctimas de robo, en ese orden, al primero en mención se le despojó del
vehículo de placa de rodaje F7T-794, color negro, marca Toyota, modelo HI LUX,
ilícito promovido por parte de tres hombres, provistos de arma de fuego, ocurrido
en circunstancias en que los agraviados se encontraban en el terreno agrícola
de propiedad de L.A.B.A., prestos a salir de dicho lugar, a bordo del referido
vehículo, con las luces encendidas, al promediar las 19 horas y 30 minutos, y
bajo amenaza de muerte, inmovilizan a M.E.V.C., quien se encontraba fuera del
medio de transporte dirigiendo a sus compañeros para salir del lugar, acto
seguido los facinerosos, procedieron a descender al copiloto A.M.G.C. y
conductor L.A.B.A., requiriéndoles mantengan las manos sobre la cabeza para
luego doblegarlos y atarles las manos a ambos, mientras que a M.E.V.C.,
apuntaron con un arma, llegando a forcejear, y como consecuencia de su
resistencia, es lesionado en la cabeza con la cacha de arma de fuego, ya en el
suelo fue pateado, reconociendo a dos de los tres agentes, identificados como
G.A.C.R. y S.M.CH.N., quienes estaban descubiertos sus rostros y se
encontraba proveído de un arma de fuego; lo propio hace L.A.B.A., quien
reconoce a S.M.CH.N., como la persona que estaba abastecida de un arma de
fuego, lo amenazó y le dijo que si tenía la intención de recuperar su vehículo
debía pagar la suma de S/. 30,000.00 soles, caso contrario de dar parte a la
policía, desaparecerían la camioneta, quitándole su celular, dinero en efectivo y
a A.M.G.C., le despojaron de dos celulares y a M.E.V.C., le despojaron de un
celular y dinero en efectivo, dándose a la fuga los autores, con la camioneta y
otro vehículo que los esperaba, amenazándolos que si los seguían les
dispararían yéndose con dirección a la Panamericana Norte, luego de cinco
minutos aproximadamente que los delincuentes se fueron.
El Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Huaura, emite la Resolución
Nro. 10, con la cual se decide condenar a los acusados S.M.CH.N. y G.A.C.R.
como coautores del delito contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado
en agravio de L.A.B.A., A.M.G.C. y M.E.V.C., ilícito previsto y sancionado en el
artículo 188° con las agravantes de los numerales 2,3,4 y 8 del primer párrafo
del artículo 189° del Código Penal; en consecuencia, se le impone doce años de
pena privativa de libertad efectiva; así también, se fija por concepto de reparación
civil la suma de S/.5,000.00 (Cinco mil soles) que deberá de pagar en favor de
los agraviados.
Ante el recurso de apelación interpuesto por los sentenciados, la Sala Penal de
Apelaciones, emite la Resolución Nro. 24, que falla por unanimidad declarar
fundado el recurso de apelación, revocando la sentencia contenida en la
Resolución Nro. 10, de fecha trece de diciembre de 2019 y se ha reformado
absolviendo a S.M.CH.N. y G.C.R. de la acusación fiscal, ordenando la inmediata
libertad de los sentenciados.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/12796
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Rosales Artica, David Emmanuel; Espinoza Bonifaz, Augusto Renzo; Carrión Díaz, Juan Elías
Fecha de registro: 8-nov-2023
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