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Ccahuana, P., (2022). Informe Jurídico de Expediente Penal N° 233-2014 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/10756
Ccahuana, P., Informe Jurídico de Expediente Penal N° 233-2014 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2022. https://hdl.handle.net/20.500.12727/10756
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Título: Informe Jurídico de Expediente Penal N° 233-2014
Autor(es): Ccahuana Toledo, Pablo Farid
Palabras clave: Proceso penal; Robo agravado; Expediente judicial
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: El presente informe jurídico analiza el proceso penal correspondiente al
Expediente Judicial N. ° 00233-2014, seguido contra P.M.N.M. (1) y P.L.V.A. (2),
como coautores de la comisión del delito contra Patrimonio, Robo Agravado en
grado de Tentativa, en agravio de G.M.C.A. (A).
De lo mencionado. se tiene que, la Primera Fiscalía Provincial Penal de Villa El
Salvador, en razón a lo recolectado en la investigación policial realizada en
contra de P.M.N.M. (1) y P.L.V.A. (2), resuelve formalizar denuncia penal contra
los antes mencionados, por lo que el Juzgado Mixto – Sede Villa El Salvador I
de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur resuelve abrirles instrucción en la
vía ordinaria como presunto autores de la comisión delito contra Patrimonio,
Robo Agravado en grado de Tentativa, en agravio de G.M.C.A. (A); dictarles
el mandato de comparecencia con restricciones; y, por último, se trabe el
embargo preventivo de sus bienes libres.
Posteriormente, luego haberse realizado la etapa de instrucción, los actuados
fueron elevados a la Sala Penal, los mismos que reciben el dictamen Fiscal de
la Fiscalía Superior Penal Permanente de Lima Sur, en el que se formula
acusación sustancial contra P.M.N.M. (1) y P.L.V.A. (2), como coautores de la
comisión del delito contra Patrimonio, Robo Agravado en grado de Tentativa, en
agravio de G.M.C.A. (A), solicitando se le imponga a cada acusado la pena de
doce (12) años de pena privativa de libertad, así como el pago de forma solidaria
de mil (1000) soles por concepto de reparación civil a favor de la agraviada.
Siendo esto así, la Sala Superior, resuelve haber merito para pasar a juicio oral,
iniciándose el mismo; no obstante, tanto P.M.N.M. (1) y P.L.V.A. (2), admiten los
cargos formulados en su contra, por lo que, el Tribunal Superior, expide la
sentencia conformada, que fallo condenando a P.M.N.M. (1) y P.L.V.A. (2) como
coautores del delito contra Patrimonio, Robo Agravado en grado de Tentativa,
en agravio de G.M.C.A. (A), imponiéndosele seis (06) años de pena privativa de
libertad y el pago solidario de mil (1000) soles por concepto de reparación civil a
favor de la agraviada; sentencia que fue recurrida por el Ministerio Publico y
ambos sentenciados.
Es, en instancia suprema, que la Sala Penal Permanente, a través del Recurso
de Nulidad 1960-2019-Lima Sur, declaro haber nulidad en la sentencia
conformada respecto a la pena impuesta, reformándola, impusieron a P.M.N.M.
(1) y P.L.V.A. (2) diez años de pena privativa de libertad.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/10756
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Vilca Morales, Aldo Gilberto; Rosales Artica, David Emmanuel; Paucar Chappa, Marcial Eloy
Fecha de registro: 12-oct-2022
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