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Begazo, A., (2023). Informe Jurídico de Expediente Penal N° 01125-2014 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12713
Begazo, A., Informe Jurídico de Expediente Penal N° 01125-2014 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12713
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Título: Informe Jurídico de Expediente Penal N° 01125-2014
Autor(es): Begazo Jiménez, Alexandra Isabel
Palabras clave: Proceso penal; Robo agravado; Flagrancia
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente informe jurídico, se va a realizar el análisis del proceso penal
contenido en el Expediente Judicial N.º 01125-2014seguido contra:
Las personas C.A.V.C., J.C.P.J. y M.C.T.P. por la comisión del delito de
Robo Agravado, en agravio de E.L.R.R. Por lo que se desprende de autos
la investigación, llevada a cabo por la PNP de la Comisaria de Santa Eulalia
toda vez que se trata de un caso en flagrancia, tal como consta en el acta
de intervención policial, así como con los actuados recabados.
Es así que:
La Fiscalía Provincial Penal del Distrito de Lima Este -Chosica formaliza
denuncia penal contra los tres investigados, siendo el Juzgado Penal de
Turno Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, quien aperturó
instrucción en la vía ordinaria contra C.A.V.C., J.C.P.J. y M.C.T.P. como
presuntos autores del delito contra el Patrimonio – Robo Agravado, en
agravio de E.L.R.R; dictándose además mandato de prisión preventiva
para el primero de ellos, y comparecencia restringida contra los dos
últimos.
Posteriormente:
el Juzgado Penal de turno de Lima llevó a cabo la etapa de instrucción.
Luego los autos fueron elevados a la Segunda Sala Superior Penal para
reos en cárcel de Lima, que posterior de avocarse de la presente, remitió
los mismos a la Octava Fiscalía Superior Penal de Lima, donde mediante
dictamen fiscal formuló acusación contra los tres imputados C.A.V.C.,
J.C.P.J. y M.C.T.P. como presuntos autores del delito contra el Patrimonio
– Robo Agravado, en agravio de E.L.R.R, solicitando que le impongan pena
privativa de libertad de veinte años para el primero de ellos; y doce años
de pena privativa de libertad para los dos últimos; así como al pago de
S/1500 soles de reparación civil a favor del agraviado (solidaria).
Es así que ante la Sala Superior, al iniciar el Juicio Oral, el acusado C.A.V.C.
admitió los cargos formulados en su contra, por ello, el Tribunal Superior, expidió
la sentencia conformada que falló:
Condenándolo como autor del delito contra el patrimonio– Robo Agravado,
en agravio de E.L.R.R. imponiéndole quince años de pena privativa de
libertad y S/1 000 soles por concepto de reparación civil. En tanto de los
dos procesados J.C.P.J. y M.C.T.P. inicialmente se reservó el juicio y luego
mediante resolución de fecha 04 de mayo de 2016, ante el pedido del representante del Ministerio Público se ordenó el sobreseimiento de la
causa.
Finalmente, la sentencia contra C.A.V.C.:
fue materia de recurso de nulidad por parte del sentenciado, pues
consideraba una pena excesiva; por lo que los actuados se remitieron a la
Corte Suprema de la República, que mediante Ejecutoria Suprema R. N.º
2496-2015, declaró haber nulidad en la sentencia de primera instancia.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/12713
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Rosales Artica, David Emmanuel; Rosas Yataco, Jorge; Jiménez Bernales, Juan Carlos
Fecha de registro: 27-oct-2023
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