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Título: Informe Jurídico de Expediente Civil N° 01867-2014-0-0410-JM-CI-02
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente Informe Jurídico se analiza un proceso judicial sobre caducidad de inscripción registral, respecto a la inscripción de una sentencia que data del año 1902, la cual otorgó derechos de posesión sobre unos terrenos ubicados en Arequipa, a favor de los demandados. La demanda fue presentada por el AA.HH. U.P.I.S.G.Z.B., contra los beneficiarios de los derechos de posesión sobre el bien inscrito en la Partida Registral N° XXXXXXXX, solicitando en su petitorio que se declare la caducidad de la inscripción registral de fecha 20 de junio de 1931, que inscribe la Sentencia de fecha 12 de agosto de 1902 dictada en proceso de reivindicación, la cual otorgó derechos de posesión a favor de los demandados sobre un predio situado en el distrito de Miraflores, provincia y departamento de Arequipa, y en acumulación objetiva accesoria, el cierre de dicha partida. Cabe resaltar que la parte demandante es una Asociación que se encuentra en posesión del terreno durante más de 16 años, y se encuentra en proceso de trámite de formalización de propiedad ante COFOPRI. El expediente analizado, contiene materias jurídicas relevantes, tales como: la caducidad como acción, el derecho de posesión, entre otros. En primera instancia, el Segundo Juzgado de Familia – Sede MBJ Mariano Melgar resolvió: Declarar INFUNDADA la demanda. Ante lo resuelto, la parte demandante interpuso recurso de apelación. Y en segunda instancia, la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, resolvió revocar la sentencia de primera instancia, y reformándola declaró IMPROCEDENTE la demanda. El demandante interpuso Recurso de Casación contra la sentencia de vista, y es la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, resolvió declarar INFUNDADO el recurso de casación interpuesto por la parte demandante, y en consecuencia, NO CASAR la sentencia de vista que revocó la resolución de primera instancia, que declaró infundada la demanda y reformándola declaró improcedente la misma.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Siguas Rivas, Miguel Julián; Rivera Maguiña, Mónica Carolina; Ormeño Malone, Mercedes Isabel
Fecha de registro: 10-oct-2023



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