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Miranda, L., (2024). Informe jurídico sobre expediente N° 12076-2016-0-1801-JR-CI-01 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/14324
Miranda, L., Informe jurídico sobre expediente N° 12076-2016-0-1801-JR-CI-01 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2024. https://hdl.handle.net/20.500.12727/14324
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Título: Informe jurídico sobre expediente N° 12076-2016-0-1801-JR-CI-01
Autor(es): Miranda Contreras, Luis Miguel
Palabras clave: Restitución del inmueble; Posesión (Derecho); Posesión del predio; Derecho de propiedad
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente trabajo se analiza el expediente N° 12076-2016-0-1801-JR-CI01, a través del cual, se desarrolló un proceso de desalojo por ocupante
precario. La demanda fue interpuesta por los Sres. E.H.L.S. & R.E.B.M en
contra de la Sra. E.E.M.G.
En el caso, los demandantes exigen que la demandada E.E.M.G. le entregue el
bien ubicado en el Jr. Pilcomayo N° xxx Interior 106, Distrito de Breña,
Provincia y Departamento de Lima, ya que consideran que tienen derecho de
restitución de dicho bien inmueble por ser de su propiedad y que fue otorgado
en arrendamiento a la demandada, pero este concluyo y se solicitó su
devolución a través de acta de conciliación. Por su lado la demandada
considera que tiene un contrato de arrendamiento sobre el bien materia de
demanda y que no se habría concluido conforme a las reglas del IV Pleno
Casatorio. Además, agrega que el bien que posee es diferente al que es objeto
de la pretensión de la demanda.
En primera instancia, el Aquo declaro infundada la demanda, por considerar
que está vigente un contrato de arrendamiento del 2006 con la demandada. Y
por lo tanto no encaja en ser una poseedora precaria.
Entonces, los demandantes interpusieron recurso de apelación, a través de la
cual, la Cuarta Sala Civil de Lima de la Corte Superior, en segunda instancia,
declaró revocar la sentencia apelada y reformado se consideró fundada la
demanda, argumentando que el contrato de arrendamiento del 2006 feneció,
conforme los artículos 1700 y 1704 del Código Civil.
Por último, en este trabajo de investigación se analizarán los problemas
jurídicos y se propondrán conclusiones de los problemas y sobre cada
sentencia, considerando a las pruebas y el ordenamiento legal.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/14324
Nota: Modalidad de obtención de grado y título sin designación de asesor
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Casassa Casanova, Sergio Natalino; Cabrera Sánchez, Alexandra; Chunga Chávez, Carmen Flor de María
Fecha de registro: 4-jul-2024
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