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Cruz, X., (2024). Informe jurídico sobre expediente N° 02925-2015-0-1801-JR-LA-13 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/14385
Cruz, X., Informe jurídico sobre expediente N° 02925-2015-0-1801-JR-LA-13 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2024. https://hdl.handle.net/20.500.12727/14385
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Título: Informe jurídico sobre expediente N° 02925-2015-0-1801-JR-LA-13
Autor(es): Cruz Ayala, Xiomy Mariory
Palabras clave: Despido incausado; Reposición laboral; Contrato laboral; Derecho laboral
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2024
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: El demandante laboró para la Empresa desde el 1 julio de 2012 hasta el 31 de diciembre de
2014, bajo un contrato sujeto a modalidad por servicio específico. La demandada justificó la
contratación del demandante a plazo fijo en la necesidad de recursos humanos para el
cumplimiento de las obligaciones derivadas de dos (2) contratos públicos suscritos con
SEDAPAL.
Ahora bien, finalizado el último contrato modal, la Empresa decidió no renovar el referido
contrato de trabajo, por lo que el demandante (extrabajador) interpuso una demanda laboral,
alegando la desnaturalización de sus contratos de trabajo y solicitando la reposición por
despido incausado.
La demanda fue declarada fundada en primera instancia, estableciendo que las labores que
realizaba el demandante tenían carácter permanente y no temporal, por lo que se determinó
la desnaturalización del contrato y se ordenó la reposición del demandante por despido
incausado pues, el contrato modal por servicio específico se habría desnaturalizado a un
contrato de trabajo a plazo indeterminado y la alegada “decisión de no renovación de
contrato” no permitía fundamentar el despido. Sin embargo, esta decisión fue revocada en
segunda instancia, declarando infundada la demanda, pues la Sala Laboral determinó que la
temporalidad de las labores se encontraba determinada por la finalidad del contrato modal,
esto es, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos suscritos entre el
empleador del demandante con SEDAPAL, los cuales tenían fecha de culminación, por lo que
la contratación no podía ser a tiempo indeterminado.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/14385
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Jiménez Silva, Carlos Humberto; Pilotto Carreño, Luigino; Rivera Maguiña, Mónica Carolina
Fecha de registro: 8-jul-2024
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