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Olivares, C., (2023). Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 009-2019/CEB-INDECOPI-PUN [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12892
Olivares, C., Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 009-2019/CEB-INDECOPI-PUN []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12727/12892
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Título: Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 009-2019/CEB-INDECOPI-PUN
Autor(es): Olivares Huaman, Chris Malluly
Palabras clave: Procedimiento administrativo sancionador; Barreras burocráticas; Indecopi
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: El Expediente N° 009-2019/CEB-INDECOPI-PUN materia del presente informe
jurídico contiene un procedimiento administrativo sancionador iniciado contra la
Municipalidad Distrital de Santa Lucía, por presunta infracción al artículo 5° del
Decreto Legislativo N° 807, al no haber cumplido con presentar la información
requerida por el Equipo de Investigación de la Secretaría Técnica de la Comisión
de la Oficina Regional del INDECOPI de Puno.
La investigación realizada tuvo por finalidad determinar si la mencionada entidad
edil habría incurrido en la imposición de barreras burocráticas ilegales y/o
carentes de razonabilidad, para lo cual buscaba recabar información sobre los
requisitos exigidos en el TUPA (Texto Único de Procedimientos Administrativos),
para la obtención de licencias de funcionamiento.
En consecuencia, tras culminar la visita de inspección, se emitió el Acta de fecha
30 de octubre de 2018, a través del cual el Equipo de Investigaciones realizó un
primer requerimiento de información a la municipalidad, el cual fue reiterado
mediante Oficio Nº 118-2018/INDECOPI-PUN; no obstante, dicho requerimiento
no fue atendido. Por tal motivo, en aplicación del artículo 5° del Decreto
Legislativo N° 807, la Secretaría Técnica de la Comisión propuso iniciar un
procedimiento administrativo sancionador contra la municipalidad.
En principio, la Comisión resolvió sancionar con dos (02) UIT; sin embargo, la
Sala del Tribunal del INDECOPI revocó el acto administrativo impugnado al
concluir que el incumplimiento incurrido no era sancionable.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12727/12892
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Siguas Rivas, Miguel Julián; Zavalaga Ortiz, Carmen Elena; Liendo Miranda, Claudia Elisa
Fecha de registro: 17-nov-2023
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