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Título: Informe Jurídico de Expediente Civil N° 4299-2016
Palabras clave: Proceso civilDivorcioDemanda
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad de San Martín de Porres
Resumen: En el presente Informe Jurídico se analizará un proceso civil sobre Divorcio por la causal de injuria grave y conducta deshonrosa. La demanda de Divorcio por causal de injuria grave y conducta deshonrosa fue presentada por L.A.T.C. en contra de M.V.E. en el mismo sentido solicitó la disolución del vínculo matrimonial y como pretensión accesoria la indemnización por daño personal, moral y familiar por el monto de diez mil nuevos soles. El Primer Juzgado de Familia de Lima Norte, mediante resolución numero N° 2 admitió a trámite la demanda en vía de conocimiento y procedió a correr traslado a la parte demandada y al representante del Ministerio Público por termino de ley, por su parte el referido solicitó que se declare infundada puesto que a pesar que el demandante ofreció medios probatorios (mensajes de textos telefónicos, declaración de testigos y declaración de partes) no acreditan por si solos que el actor ha ejercitado su derecho en el plazo establecido por ley e invocando a la partes a una reconciliación; mientras que la demandada niega todos los hechos citados en la demanda en relación con el divorcio y reconvino teniendo como pretensión principal el reconocimiento de tenencia de su menor hija y una indemnización por daños y perjuicios. Con posterioridad se admitió a trámite los medios probatorios ofrecidos por las partes, así como también se ordenó la actuación de los medios probatorios de oficio como el informe social y psicológico, se fijaron los puntos controvertidos y se llevó a cabo la audiencia de prueba con la concurrencia de las partes. En primera instancia, el Primer Juzgado de Familia de Lima Norte mediante resolución N°23 resolvió declarar infundada la demanda de divorcio por la causal de injuria grave y conducta deshonrosa, y sus pretensiones accesorias de indemnización por daño personal, familiar y moral, declaró fundada la pretensión de reconocimiento de tenencia formulada por M.V.E., se dispuso un régimen de visitas con externamiento y supervisado en favor de L.A.T.C. Dicha sentencia fue materia de recurso de apelación por el demandante el mismo que fue concedido con efecto suspensivo. Mediante sentencia de vista, la Segunda Sala Civil Permanente de Lima Norte revocó la sentencia contenida en la resolución N° 23, y que reformándola declaró fundada la demanda de divorcio en el extremo de la causal de injuria grave; en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial; y, confirmó los extremos que se declaró infundada la demanda por la causal de conducta deshonrosa, y pretensiones accesorias de indemnización por daño personal, familiar y moral interpuesta por el demandante contra la demandada; sin objeto de pronunciarse sobre la pretensión de alimentos; fundada la pretensión de reconocimiento de tenencia formulada por la reconveniente y por último dispuso un régimen de visitas con externamiento y supervisión a favor del demandante.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Montero Ordinola, Gustavo Enrique; Zavalaga Ortiz, Carmen Elena; Liendo Miranda, Claudia Elisa
Fecha de registro: 15-nov-2023



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