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Título: Informe de Expediente Civil N° 2008-03626-0-1001-JR-CI-1 Sobre Nulidad de Acto Jurídico. Informe de Expediente Administrativo N° 489-2003-0-1801-SP-CA-05 Sobre Nulidad de Acto Administrativo
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad de Lima
Resumen: Materia: Nulidad de Acto Jurídico Nº de Expediente: 2008-03626-0-1001-JR-CI-1. El presente expediente inicia por una demanda que tiene como pretensión la nulidad de acto jurídico por una compraventa celebrada entre los demandados. El inmueble en compraventa es transferido sin la debida autorización de la demandante, la cual no participó de dicho acto, por lo que se demanda la nulidad del acto por falta de manifestación de voluntad. Asimismo, la demandante solicita la restitución del inmueble. Por otro lado, uno de los demandados no se apersona al proceso, por lo que se le declara rebelde. Mientras que, los demandados que sí se apersonaron se pronuncian frente a la demanda y solicitan una reconvención. En el proceso se cuestiona la nulidad del acto, pero también se cuestiona la personería jurídica de la demandante. Materia: Nulidad de Acto Administrativo Nº de Expediente: 489-2003-0-1801-SP-CA-05. El presente expediente inicia por una resolución en la que se le impone una multa a la demandante, la cual, para agotar vía administrativa interpone recurso de revisión, el cual es declarado infundado. Por ello, la demandante interpone demanda contencioso administrativa a fin de que se declare la invalidez de la Resolución que declara infundado el recurso. La multa se interpone en razón de que a la demandante se le realizaron dos fiscalizaciones en el año 2000 tanto al primer como el segundo semestre. En el primer semestre se le realizaron seis recomendaciones, las cuales debían ser subsanadas para la segunda fiscalización. En la segunda fiscalización se verifica que, no se han subsanado dos de las seis recomendaciones; sin embargo, según la Resolución Directoral emitida por el Ministerio de Energía y Minas, se sanciona por no haber subsanado tres recomendaciones.
Nota: No se incluye el texto completo del documento en concordancia con la Directiva N° 004-2016-CONCYTEC-DEGC que regula el Repositorio Nacional Digital de Ciencia, Tecnología e Innovación de Acceso Abierto, así como la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de Lima. Facultad de Derecho
Grado o título: Abogado
Jurado: Arata Solís, Moisés; Olavarría Vivian, Juan; Mendoza Antonioli, Dante
Fecha de registro: 22-may-2023



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