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Título: La adopción del Sistema de Apoyos y Salvaguardias en el Código Civil Peruano: Una aproximación al régimen de responsabilidad por hechos del mayor de edad sin discernimiento
Asesor(es): Alcántara Francia, Olga Alejandra
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad de Lima
Resumen: En el Código Civil peruano, el discernimiento en la persona que causa un daño a otra, determinaba si le correspondía el deber repararlo. Así, la falta de discernimiento era sinónimo de inimputabilidad. Sin embargo, el Decreto Legislativo Nº 1384 estableció el deber de las personas sin discernimiento de responder civilmente por el daño que ocasionen, sin que medie una evaluación por parte del juez de su nivel de discernimiento, y cómo afecta tal situación en su estilo de vida. Nuestro estudio se centró en los daños causados por los mayores de edad sin discernimiento. Por lo que nos enfocamos en determinar si el eventual establecimiento de la obligatoriedad de los Apoyos, que son formas de asistencia facultativas, en favor de ellos, contribuiría a salvaguardar sus intereses. Mediante el empleo del método comparativo, analizamos cómo se encuentra regulado el tema de los daños causados por los mayores de edad sin discernimiento en las legislaciones extranjeras. Además, empleando el método descriptivo, analizamos diversos artículos académicos, de difusión y de opinión, respecto del referido tema. Finalmente, concluimos que no es necesario establecer la obligatoriedad del Apoyo, en favor del mayor de edad sin discernimiento, debido al respeto que debe tenerse por su voluntad y preferencias. Asimismo, en caso este último decida contar con un Apoyo, nuestra propuesta de reforma, consiste en una responsabilidad solidaria respecto del Apoyo y la persona asistida, en caso esta última cause un daño, estableciendo un factor de atribución subjetivo en favor del primero de estos, que le permita exonerarse de responsabilidad, demostrando un actuar diligente. Por último, proponemos que se deje al juez el deber de fijar el monto resarcitorio, considerando como atenuante el nivel de discernimiento del mayor de edad que ocasiona el daño.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad de Lima. Facultad de Derecho.
Grado o título: Abogado
Jurado: Alcántara Francia, Olga; Varsi Rospigliosi, Enrique; Cieza Mora, Jairo
Fecha de registro: 15-mar-2022



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