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Título: Resultados tardíos e imputación objetiva. Casación N° 912 - 2016 - San Martín
Asesor(es): Jara Martel, José Napoleón
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 16-ene-2020
Institución: Universidad Científica del Perú
Resumen: El presente análisis jurídico trata acerca de la Sentencia Casatoria N° 912-2016/SAN MARTIN; las cual realiza un análisis respecto a los Resultados tardíos e imputación objetiva en el delito de homicidio culposo específicamente, en su consumación. Se tiene que el objetivo de la presente Sentencia Casatoria es desarrollar doctrina jurisprudencial respecto al momento de consumación del delito de homicidio culposo; en cuanto a Material y Métodos empleados, se utilizó el Método Descriptivo Explicativo, cuyo diseño fue no experimental ex post facto. Como resultado, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República acordó DECLARAR FUNDADO el recurso de Casación interpuesto por el representante del Ministerio Público, CASARON la resolución del doce de agosto del 2016 que declara INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público en consecuencia CONFIRMAN el auto del auto del 14 de marzo de 2016 que resuelve TENER POR DESVINCULADO la calificación jurídica efectuada por el representante del Ministerio Público y APROBAR los acuerdos preparatorios arribados por el imputado y la madre biológica del menor en consecuencia DECLARA EL SOBRESEIMIENTO de la causa y ORDENA el archivamiento del proceso. Asimismo; en sede de instancia REVOCARON el extremo del auto que se desvincula de la calificación jurídica efectuada por el representante del Ministerio Público por delito de lesiones graves seguida de muerte en agravio del menor; REFORMÁNDOLO calificaron el delito como homicidio culposo. ESTABLECIERON como doctrina jurisprudencial vinculante, los fundamentos jurídicos DÉCIMO PRIMERO Y DÉCIMO SEGUNDO, las cuales hacen referencia al momento de consumación del delito culposo. Finalmente, el presente análisis concluye que en el delito de homicidio culposo no se exige que la muerte de la víctima sea inmediata, pudiendo darse en un tiempo posterior, horas, días. Lo que importa, es que el deceso sea consecuencia directa del quebrantamiento del deber de cuidado del sujeto activo.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Científica del Perú. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 7-ago-2020



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