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Título: La tutela jurisdiccional efectiva y los requisitos de procedibilidad en las pretensiones de reducción de alimentos en el dominio procesal peruano
Asesor(es): Díaz Torres, José Hildebrando
Fecha de publicación: 15-ago-2018
Institución: Universidad Andina del Cusco
Resumen: El 23 de diciembre de 2009 fue publicada la ley N° 29486, la misma que establece un requisito especial para la admisión de la demanda de reducción, variación, prorrateo exoneración de pensión alimentaria, siendo esta que el demandante obligado a la prestación de alimentos acredite encontrarse al día en el pago de la pensión alimentaria, establecida como consecuencia de un proceso anterior, esta pensión alimentaria puede sufrir variaciones en cuanto a los montos fijados por el juez de acuerdo a las posibilidades del obligado y a las necesidades del acreedor alimentista. La pretensión de reducción de alimentos, tiene como propósito concreto del accionante (deudor alimentario) la obtención de la disminución en el monto de la pensión alimenticia según la aminoración que experimenten las necesidades del alimentista y las posibilidades del ingreso mensual del obligado a prestarla. En este marco es que se orienta el presente trabajo tomando en consideración que esta nueva ley incorpora un presupuesto o requisito de procedibilidad para que una persona pueda acceder al ámbito jurisdiccional, siendo esta excesiva o en su caso inconstitucional ya que devendría en una forma de afectación a la tutela judicial efectiva, si la norma precitada se aplica de forma literal al momento de evaluar la admisibilidad de la pretensión de reducción de alimentos, dejando de lado otros aspectos vinculados a la realidad del demandante que justifiquen su necesidad de solicitar la reducción de alimentos. Por lo que se estaría vulnerando la tutela jurisdiccional efectiva del obligado alimentista consagrada en el articulo139º de Constitución Política del Estado ya que todo justiciable que acuda al órgano jurisdiccional solicitando la reducción del monto de la pensión alimenticia tendrá que enfrentarse a las exigencias del artículo 565-A, teniendo la obligación de acreditar estar al día en el pago de los devengados. De este modo se enfoca el presente trabajo, en establecer el replanteo normativo de la norma precitada que permitiría que los obligados alimentistas puedan ejercitar convenientemente su derecho a la acción y obtener la tutela jurisdiccional efectiva en sus pretensiones sobre reducción de alimentos, sin que se les exija previa e inflexiblemente que estén al día en el pago de las pensiones alimentarias.

On December 23, 2009, Law N ° 29486 was published, which establishes a special requirement for the admission of the demand for reduction, variation, proration and exoneration of alimony, being that the plaintiff obliged to provide food credits. be up to date in the payment of alimony, established as a result of a previous process, this alimony may suffer variations in terms of the amounts set by the judge according to the possibilities of the obligor and the needs of the maintenance creditor. The claim of reduction of food, has as a specific purpose of the plaintiff (food debtor) obtaining the decrease in the amount of alimony according to the decrease experienced by the needs of the provider and the possibilities of the monthly income of the obligor to provide it.In this framework is that this work is oriented taking into account that this new law incorporates a budget or procedural requirement for a person to access the jurisdictional scope, being excessive or unconstitutional as it would become a form of affectation to effective judicial protection, if the aforementioned standard is applied literally when evaluating the admissibility of the claim for reduction of food, leaving aside other aspects related to the reality of the claimant that justify their need to request food reduction . So it would be violating the effective jurisdictional protection of the obligor enshrined in the article 135 of the Constitution of the State and any defendant who goes to the court requesting the reduction of the amount of alimony will have to face the requirements of Article 565- A, having the obligation to prove to be up to date in the payment of the accrued ones. In this way, the present work is focused on establishing the normative restatement of the aforementioned norm that would allow the obligors to conveniently exercise their right to action and obtain effective jurisdictional protection in their claims on food reduction, without being Preliminarily and inflexibly demand that they be up to date in the payment of alimony.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad Andina del Cusco. Facultad de Derecho y Ciencia Política
Grado o título: Abogado
Fecha de registro: 7-nov-2018



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