Título: La no consideración del nepotismo en la Ley Orgánica de los gobiernos regionales y su contradicción con la Ley Nº 26771
Asesor(es): León Reinaltt, Luis Alberto
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: La Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 regula en su artículo 30
las cinco causales de vacancia del Gobernador Regional, Vicegobernador Regional
y Consejeros Regionales, en esa línea consideramos urgente la necesidad de
considerar al nepotismo como sexta causal de vacancia constituyendo este el
objetivo de la presente investigación, asimismo es menester señalar que la causal
de vacancia por nepotismo si se encuentra amparada en el artículo 22, numeral 8
de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972, lo cual nos conlleva a
preguntarnos por qué se puede vacar por nepotismo al Alcalde y/o Regidor y no al
Gobernador Regional, Vicegobernador Regional y Consejeros Regionales, si todos
se encuentran bajo los alcances de la gestión pública. Es así que el nepotismo
cometido dentro de los Gobiernos Regionales queda impune, y ello lo refleja la
casuística al respecto.
La presente investigación será básica porque se va proponer la inclusión de
vacancia por nepotismo aplicado al gobernador, vicegobernador y consejeros
regionales, diseño no experimental, transversal-correlacional, para el resultado
utilizaremos dos instrumentos: guía de entrevista aplicado a 10 funcionarios
públicos y 10 abogados especializados en gestión pública, así como la guía de
encuesta aplicado a 30 ciudadanos de Arequipa.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogada
Jurado: Tirado Garcia, Giuliana Katherine; Campos Gonzalez, Geraldine Del Carmen; León Reinaltt, Luis Alberto
Fecha de registro: 4-mar-2022