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Título: Valoración de la judicatura al contrato de trabajo en la audiencia de beneficio penitenciario a la población carcelaria
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2022
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: La solicitud de semilibertad y libertad condicional se considera frecuentemente improcedente porque, el expediente contiene documentaciones inadecuadas en cuanto al certificado domiciliario, el comprobante de pago de las reparaciones civiles o días de multa, pero sobre todo es declarado improcedente porque hay dos condiciones esenciales para acogerse a este tipo de beneficio, que serían para estudiar o trabajar, establecidas en los artículos 53 y 54 del Decreto L. 1296. Es así como el interno puede solicitar cualquiera de los dos. Por lo tanto, ahí es donde entra el “CONTRATO DE TRABAJO“. Siendo así, cuando se da la audiencia, el abogado del condenado presenta la solicitud y los insinuantes que la ayudan, asimismo al empleador para que sustente dicho contrato de trabajo; todo ello sin perjuicio de que el Órgano Técnico Penitenciario que propone y opina colectivamente que el detenido condenado es una persona rehabilitada según sus informes, es así que no existe criterios o procedimientos que puedan ser tomados en cuenta para su sustentación y es asi que se deja a la deriva y tan solo por no tener una buena sustentación o elaboración es acápite para que se declare improcedente todo el beneficio solicitado.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogado
Jurado: Fernández de la Torre, Héctor Luis; Yaipén Torres, Jorge José; Anacleto Silva, Diana Berlyne
Fecha de registro: 28-sep-2023



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