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Título: La consecuencia personal y patrimonial de la probanza dela unión de hecho en el ordenamiento jurídico peruano
Asesor(es): Pingo More, Ángella Inés; Saavedra Villacrez, Willy
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2010
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: La unión de hecho es una figura protegida por el ordenamiento jurídico, no solo por el código civil, sino también por la constitución política del Perú, esto a partir de una salvaguarda estatal jurídica sobre aquellas personas que por desconocimiento o faltas de medios económicos no pueden acceder al matrimonio propiamente dicho (como un fenómeno de costumbre y realidad social), entonces en amparos de los derechos de aquellos que hacen una convivencia continua por mas de dos años es que se crea fa figura de la unión de hecho. La unión estable de un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho, da lugar a una comunidad de bienes sujeta al régimen de la sociedad de gananciales en cuanto sea aplicable. La unión de hecho, voluntariamente realizada y mantenida por un varón y una mujer, libres de impedimento matrimonial, para alcanzar finalidades y cumplir deberes semejantes a los del matrimonio, origina una sociedad de bienes que se sujeta al régimen de sociedad de gananciales, en cuanto ;e fuera aplicable, siempre que dicha unión haya durado por lo menos dos años continuos.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogada
Fecha de registro: 11-abr-2024



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