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Título: Consecuencias jurídicas de mayor protección punitiva a delitos de robo agravado que, a homicidio simple. Trujillo 2019 - 2020
Asesor(es): Guayán Huaccha, Lea; Sánchez Villavicencio, María Félix
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2021
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: La presente investigación tuvo como objetivo principal determinar las consecuencias jurídicas de mayor protección punitiva a los delitos contra el patrimonio en la modalidad de robo agravado que a los delitos contra la vida en la modalidad de homicidio simple en el Código Penal. Trujillo - La Libertad - Perú 2019 – 2020. Para ello, se consideró las categorías siguientes: mayor protección punitiva a delitos de robo agravado y menor protección punitiva a delitos de homicidio simple. La investigación desarrollada fue de enfoque cualitativo de tipo no experimental, la técnica empleada fue el análisis documental y el instrumento, la ficha documental. Luego del recojo, análisis e interpretación de la información referente a las consecuencias jurídicas de la mayor protección punitiva al delito de robo agravado que a los delitos de homicidio simple se llegó a las siguientes conclusiones: a) se infringe el principio de proporcionalidad de las penas, b) desvaloración del bien jurídico vida, c) afectación al derecho fundamental de la dignidad humana, d) incoherencia normativa en el Código Penal; es decir, no existe un orden de valores que se desprenden de nuestra Carta Constitucional, e) sobrecriminalización y f) se debilita el principio de legalidad, pues la política criminal aplicada al texto punitivo no es la adecuada porque desprotege el bien jurídico de mayor trascendencia como es la vida. Respecto al robo agravado éste ha sufrido diversas modificaciones en la sanción mínima y máxima elevándose hasta la cadena perpetua; justificado en gran medida, según la exposición de motivos al aumento de la delincuencia, existencia de bandas delictivas, organizaciones criminales, las protestas sociales, entre otros; y no en una política criminal como resultado de un análisis o investigación sobre el particular. Respecto al delito de homicidio simple, resulta incoherente que este tipo penal no haya sido modificado desde la redacción original de 1991, siendo que el bien jurídico más preciado por la constitución tenga protección de la manera más simple en comparación con otros delitos. Además, los jueces de la Corte Superior de justicia de La Libertad al dictar sus sentencias se rigen por los criterios que ha estipulados el legislador penal en los artículos 45, 45-A y 46 del C. P. Es así que, se consideran los presupuestos para fundamentar y aplicar las penas; es decir, viii tienen en cuenta la individualización de la pena y las circunstancias de atenuación y agravación. Finalmente, en cuanto a las penas a imponer en otros países por los mismos delitos estudiados, la mayoría de legislaciones (España, Argentina, Ecuador, Guatemala y Colombia) establecen mayores sanciones para el delito de homicidio y menores para el robo agravado.
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogada
Jurado: Fernandez Bernabe, Pool Gilbert; Guayan Huaccha, Lea; Sanchez Villavicencio, Maria Felix
Fecha de registro: 15-oct-2021



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