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Ojeda, A., (2023). Incorporación de la Violencia Económico – Patrimonial en el capítulo de Lesiones del Código Penal [Universidad César Vallejo]. https://hdl.handle.net/20.500.12692/145805
Ojeda, A., Incorporación de la Violencia Económico – Patrimonial en el capítulo de Lesiones del Código Penal []. PE: Universidad César Vallejo; 2023. https://hdl.handle.net/20.500.12692/145805
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Título: Incorporación de la Violencia Económico – Patrimonial en el capítulo de Lesiones del Código Penal
Autor(es): Ojeda Zegarra, Adriana Patricia
Palabras clave: Derecho penal; Violencia económico; Patrimonial
Campo OCDE: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Fecha de publicación: 2023
Institución: Universidad César Vallejo
Resumen: El presente trabajo de tesis titulado “Incorporación de la Violencia Económico –
Patrimonial en el capítulo de Lesiones del Código Penal” tuvo como principal
objetivo determinar la incorporación del tipo penal para la VE-P, misma que se halla
definida en el literal “d” del artículo 8° de la Ley 30364; además de proponer sea
incorporada a través de un nuevo artículo como el 122-“C” para el capítulo de
lesiones del CP peruano.
De la metodología, esta fue tratada en base a un enfoque cualitativo, con tipología
básica, además de contar con un diseño No Experimental en aplicación a la teoría
fundamentada. Del mismo modo, como técnicas e instrumentos de recolección de
datos se usaron a la entrevista y a la guía de análisis de entrevista respectivamente.
Respecto de los resultados, se tuvo que la VE-P es considerada como una forma
de violencia, misma que genera daños irreparables a la víctima y su entorno al
privarla de su libre desarrollo intelectual, moral y físico, por lo que debería ser
tratada como delito, pues la carencia del mismo ha conllevado a que las mujeres
que son víctimas de este accionar no puedan disfrutar de una vida digna y libre de
violencia, subsumiéndose en un cuadro de carencia, abandono y desvalorización
integral.
Finalmente, se concluyó que sí se debería de incorporar a la VE-P como delito para
el tratamiento del capítulo de lesiones de nuestro CP; y, fue posible identificar que
este tipo de flagelo, a la actualidad, no cuenta con un debito tratamiento
jurisprudencial dentro del marco legal penal; ergo, solo se haya regularizada
mediante reglamento –Ley 30364–, y no en nuestro CP, sin contar con mayor discusión
doctrinal y jurisprudencial.
Enlace al repositorio: https://hdl.handle.net/20.500.12692/145805
Disciplina académico-profesional: Derecho
Institución que otorga el grado o título: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grado o título: Abogada
Jurado: Anacleto Silva, Diana Berlyne; Velezmoro Delgado, Mayra Teresa de Jesus; Yaipen Torres, Jorge Jose
Fecha de registro: 1-ago-2024
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