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Title: La constitucionalidad de los beneficios sociales de los trabajadores en los contratos administrativos de servicios
Advisor(s): Saavedra Villacrez, Willy; Chira Tello, Pedro Ruben
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 2010
Institution: Universidad César Vallejo
Abstract: En el Estado constitucional contemporáneo impera la constitución por sobre el poder decimonónico de la ley. Se configura, además, un Estado democrático y social. En él, los derechos constitucionales (todos) tienen una fuerza vinculante que deriva del propio carácter normativo que la constitución posee. Este es el modelo adoptado por el Perú, de acuerdo con lo previsto en el artículo 43 de la constitución política de 1993.En razón de ello podemos advertir entonces que algunos derechos y principios propios del derecho laboral se han constitucionalizado, tanto que podríamos afirmar que hoy existe un modelo constitucional de derecho laboral. Este modelo aplicable a todos los regímenes laborales (público, privado y especiales), se configura y fundamenta a partir de los siguientes principios y derechos los cuales se encuentran establecidos taxativamente en nuestra constitución, siendo los siguientes: El principio de dignidad de la persona trabajadora regulado en los artículos 1 y 23; el principio tuitivo o protector regulado en los artículos 23 y 27; el de igualdad de oportunidades laborales regulado en el articulo 26.1; el de irrenunciabilidad de derechos regulado en el articulo 26.2; el de reconocimiento de los derechos individuales, tales como: remuneración, beneficios sociales, jornada de trabajo regulado en los artículos 24 y 25, y finalmente los derechos colectivos tales como: libertad sindical, negociación colectiva y huelga regulados en el artículo 28. Este modelo, constituye a su vez un mínimo vinculante para el legislador, los jueces y para el empleador ya sea público o privado, asimismo, predetermina el desarrollo legislativo de las relaciones laborales. Tal es así, que una consecuencia práctica de la vigencia de este modelo es que se convierte en parámetro de validez de la legislación laboral, tanto público como privado. Es decir que dicho modelo habilita el ejercicio del control constitucional, difuso y concentrado, dentro de los alcances de un proceso judicial, constitucional u ordinario, de conformidad con el mandato previsto en el segundo párrafo del artículo 138 de la constitución. Por tal razón, asombra, en nuestra condición de estudiantes de derecho y para otros en su condición de abogados como el Contrato Administrativo de Servicios se usa en la actualidad para gestar de manera escondida una entera relación de trabajo con los entes del Estado; relación de trabajo que puede ser materia de recorte por la sola y pura decisión de la administración, lesionando evidentemente no solo el elemental
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad César Vallejo. Facultad de Derecho y Humanidades
Grade or title: Abogado
Register date: 13-Dec-2023



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