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Armaza Galdos, Javier Reynaldo
Martinez Arce, Juan Yordi
2019-01-14T13:51:31Z
2019-01-14T13:51:31Z
2018
http://repositorio.unsa.edu.pe/handle/UNSA/7647
En la actualidad la mayoría de la doctrina, jurisprudencia y legislación nacional tanto civil como administrativa, sostienen una clasificación de las obligaciones según el tipo de prestación de que se trate, en obligaciones de medios y de resultado; dicha clasificación sería plausible si fuese solo pedagógica y entonces, no tendría sentido esta investigación, ergo, sus efectos son jurídicos también, es por ello que, es necesario esclarecer conceptos relativos a los elementos de la obligación y su influencia en la responsabilidad civil, pues estos han sido el núcleo que ha originado la clasificación mencionada de forma errónea. Los efectos más perjudiciales se manifiestan en el tema probatorio para el perjudicado, siendo este el motivo que me impulsó a desarrollar esta investigación. Se dice que las obligaciones de los médicos es una de “medios” por lo tanto basta un actuar diligente y solo es necesaria su conducta para satisfacer el interés del acreedor (paciente); por otro lado, y de acuerdo a los artículos 1314, 1315 y 1316, entendemos que si la obligación es de “medios” el deudor solo debe acreditar la prueba (en caso tenga dicha carga) de la diligencia requerida –que actuado sin culpa– siendo la responsabilidad subjetiva, y si la obligación es de “resultado” el deudor debe acreditar el casus, conocida como causa no imputable, es decir el caso fortuito o fuerza mayor (a nuestro modo de ver, también comprende el hecho determinante del tercero y de la propia víctima) para liberarse de responsabilidad, siendo la responsabilidad objetiva, eso en términos generales; prosiguiendo con la lectura del Código Civil, nos topamos con el artículo 1330 que indica que la prueba del dolo o la culpa inexcusable corresponden al perjudicado, es decir al paciente; este es pues el meollo del asunto y de ahí surge la pregunta: ¿Cómo decirles a los familiares o al mismo paciente de una presunta negligencia médica que prueben la culpa o dolo del profesional médico?, por otro lado, por más que los últimos hayan podido visualizar, verbigracia, el proceso quirúrgico sin tener los conocimientos técnicos y profesionales de la medicina, creo que aquí hay más de un problema e indeterminismo jurídico. Tenemos una propuesta que consideramos justa para aliviar la carga probatoria en favor del perjudicado; ésta consiste en trasladar la carga de la prueba de la causa no imputable al deudor-profesional médico, utilizando como respaldo una correcta clasificación de las obligaciones en función a su contenido; y, que por ende modifique sus efectos jurídicos además de la teoría anglosajona del res ipsa loquitur. Con el análisis de las sentencias emitidas por la Corte Superior de Justicia de Arequipa, hemos podido comprobar la hipótesis que planteamos en un comienzo, en efecto, se advierte el criterio de los operadores jurídicos de considerar a la responsabilidad médica como una de medios; sin perjuicio de ello, también reconocemos que es plausible la actitud proclive de los juzgadores en favor de los demandantes agraviados por una mala praxis médica, quizás, sin el sustento legal correcto, pero con ello concluimos que es muy evidente la posición de desequilibrio que existe entre los sujetos de una relación jurídica de prestación de servicios de salud. Lo mismo sucede con las resoluciones emitidas por el INDECOPI cuando tenía competencia para resolver estos casos. Por ultimo debemos añadir que esta investigación puede tener muchas críticas, en el Perú no hay tesis que hayan tocado este tema en específico, existe una excelente, pero relativa a la responsabilidad civil médica por enfermedades intrahospitalarias y profusos artículos que abordan el tema, dichas criticas van a contribuir no solo a esclarecer conceptos en el derecho civil que influyan en materia administrativa, sino que lo más importante, van a dilucidar y llamar el interés de la comunidad jurídica y científica para tocar un tema tan complejo como es la responsabilidad civil médica. (es_PE)
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Obligaciones de Medios y de Resultados (es_PE)
Inejecución de Obligaciones (es_PE)
Objeto de la Obligación (es_PE)
Negligencia Médica (es_PE)
Res Ipsa Loquitur (es_PE)
Efectos de la clasificación de las obligaciones en función al contenido de la prestación en la responsabilidad civil médica (es_PE)
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Derecho (es_PE)
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29372777
https://orcid.org/0000-0003-3669-1926 (es_PE)
421016 (es_PE)
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Pública



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