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Title: Conflicto de Límites de los Derechos a la Intimidad y Libertad de Información en el Sistema Judicial Peruano del 2001 al 2006
Issue Date: 18-Jan-2007
Institution: Universidad Católica de Santa María
Abstract: En la actualidad, en un mundo moderno, globalizado y altamente tecnificado, apreciamos que los conflictos entre el derecho a la libertad de información y el derecho a la intimidad personal se han incrementado significativamente y que es común observar como se conculca el derecho a la intimidad y al honor, so pretexto que los derechos a la libertad de información, expresión y opinión son los pilares del sistema democrático y que el ejercicio abusivo de estos derechos, constituye un problema central y grave en el mundo, así como en el Perú. El objetivo más importante de la investigación ha sido revisar y analizar la jurisprudencia constitucional más relevante habida entre los años de 1996 y el año 2007, para determinar cuales son los criterios con que se han estado resolviendo los conflictos entre el derecho a la intimidad y las libertades comunicativas. Se ha confirmado la hipótesis enunciada respecto de la existencia de los conflictos entre ambos derechos y que la falta de parámetros adecuados a las libertades comunicativas, permite la conculcación del derecho a la intimidad y honor. La tesis se ha desarrollado en cinco capítulos: el primero referido a los derechos humanos, el segundo a la vida privada, el tercero al derecho a la intimidad, el cuarto a los tratados internacionales y el derecho comparado sobre los derechos a la intimidad y las libertades comunicativas y el quinto y último capítulo, referido a la jurisprudencia constitucional sobre el derecho a la intimidad y libertades comunicativas desde el año de 1996 hasta el 2007. La conclusión general del trabajo de investigación es que el Tribunal Constitucional Peruano ha establecido que para resolver los conflictos entre derechos fundamentales debe aplicarse la técnica de la ponderación y el principio de concordancia práctica y tratándose de éstos derechos, ha establecido que no 2 2 hay censura previa ni tutela judicial preventiva, solamente mecanismos reparadores. La recomendación más importante es que cuando se presente el conflicto, el juez, de acuerdo a la pretensión y evaluación de los medios probatorios, pueda tutelar efectiva y preventivamente el derecho a la intimidad y el honor, dictando las medidas cautelares adecuadas al caso subjúdice.
Discipline: Maestria en Estimulacion Temprana y Problemas de Aprendizaje Infantil
Grade or title grantor: Universidad Católica de Santa María.Escuela de Postgrado
Grade or title: Maestro en Estimulación Temprana y Problemas de Aprendizaje Infantil
Register date: 13-Dec-2017



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