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Mayta Coaguila, Ronald (es_ES)
Sanz Gallegos, Jesús Walter (es_ES)
2018-08-01T20:40:48Z
2018-08-01T20:40:48Z
2018-08-01
https://repositorio.ucsm.edu.pe/handle/20.500.12920/8000
Un tema no abordado por el nuevo Código Procesal Penal de manera expresa a fin de proteger derechos constitucionales es lo relativo al cauce procesal para declarar la exclusión probatoria de un elemento de convicción ilícito obtenido mediante la vulneración de derechos fundamentales. Es necesario establecer una postura que viabilice en forma efectiva la protección de los derechos fundamentales al momento de recabar elementos de convicción, puesto que, finalmente, de la idoneidad del cauce procesal dependerá evitar que las consecuencias y efectos del elemento de convicción ilícito recabado no solo contaminen el proceso sino evitar que, esencialmente, persistan en la afectación de los derechos fundamentales del imputado durante el desarrollo de la etapa de investigación preliminar y de investigación preparatoria —al poder ser utilizados para sustentar requerimientos—, etapas procedimentales en las cuales solo se da la existencia de elementos de convicción y no prueba, toda vez que la etapa de juicio oral es donde en puridad se da la producción de prueba en el sentido técnico. El desarrollo de la tesis demostrará que en el nuevo Código Procesal Penal no existe un cauce procedimental específico para excluir elementos de convicción ilícitos en pro de la protección de los derechos fundamentales del investigado durante la recolección de actos de investigación, lo que afecta la legalidad de la prueba y el debido proceso. Todo proceso penal ha de contener mecanismos procedimentales específicos e idóneos para proteger derechos fundamentales del investigado, aspecto que no ha sido considerado normativamente por el nuevo Código Procesal Penal de manera expresa; esto es, en lo relativo al cauce procesal específico para declarar la exclusión de elementos de convicción que hayan sido obtenidos vulnerando derechos constitucionales en la etapa preliminar. Esto ha incidido en que los operadores jurídicos no tengan claro qué mecanismo procedimental es idóneo para cautelar derechos fundamentales de las partes durante el acopio de elementos, y así busquen la solución recurriendo a diferentes mecanismos procesales, a través de pedidos de nulidad o la utilización de la Tutela de Derechos para evitar se utilicen elementos de convicción ilícitos que vulneran derechos fundamentales, mecanismos no diseñados jurídicamente para tal finalidad, esto es, la exclusión del material probatorio. En doctrina existen escasos estudios relacionados a la ilicitud de elementos de convicción y cómo tratarlos [principio de biogenización] en un proceso penal; existen, por el contrario, abundantes estudios sobre la Prueba Ilícita, conceptos [elementos de convicción y prueba] que difieren en esencia. Un procedimiento penal coherente en la protección de derechos fundamentales que entiende la etapa de investigación como una fase preparatoria del juicio oral no puede presentar etapas paralelas; una etapa en que algunos elementos probatorios son ineficaces para fundar sentencia definitiva, y en otra puedan resultar eficaces para justificar resoluciones provisionales [etapa preliminar o preparatoria]. Aceptar lo contrario para López Masle, con Horvitz Lennon , significaría romper la unidad del sistema generando en la práctica dos investigaciones paralelas: una, en la que prácticamente todo estaría permitido, solo con el objeto de justificar medidas cautelares o resoluciones provisionales; y otra, en la que se exigiría el respeto de los derechos fundamentales con el objeto de asegurar la validez de la prueba para el juicio oral. Se ha determinado que los operadores de derecho no tienen un mecanismo específico normativo en el nuevo Código Procesal Penal para excluir elementos de convicción que fueron obtenidos vulnerando derechos constitucionales, para lo cual se ha realizado un análisis doctrinal de la Tutela de Derecho del NCPP estableciéndose que no ha sido diseñada para excluir elementos que vulneren derechos fundamentales; tanto que el Acuerdo Plenario N.o 04-2010/CJ-116 —sobre Tutela de Derecho— ha legislado, al impartir la aplicación del artículo 71.o del NCPP para la exclusión del material probatorio, supuesto de hecho no contemplado, lo que denota la no existencia de un mecanismo idóneo para excluir elementos que han sido recabados conculcando derechos fundamentales. Palabras clave. Derechos fundamentales, elementos de convicción, exclusión de elementos de convicción ilícitos, principios constitucionales, mecanismo procesal adecuado. (es_ES)
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Exclusión de Elementos de Convicción Ilícitos (es_ES)
Principios Constitucionales (es_ES)
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La Exclusión de los Elementos De Convicción Ilícitos a la Luz de los Derechos Fundamentales y los Principios Constitucionales del Proceso Penal (es_ES)
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Maestría (es_ES)
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