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Title: El principio de estricta legalidad y su influencia en la criminalización de la conducción en estado ebriedad
Advisor(s): Nájar Farro, César Alfonso
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Issue Date: 2016
Institution: Universidad Nacional Hermilio Valdizán
Abstract: La presente investigación es materia de Tesis intitulada “El Principio de Estricta Legalidad y su influencia en la Criminalización de la Conducción en Estado de Ebriedad”. Bajo esa etiqueta los tesistas egresados de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, a partir del análisis y reflexión de datos teóricos ya validados por la doctrina jurídica, buscan describir y explicar un nuevo conocimiento que sirva a la praxis de la labor político-criminal. En las siguientes líneas se analizará la naturaleza del delito de conducción en estado de ebriedad tomando como referencia el objeto que justifica su regulación en el Código Penal y a la luz del cual se ancla una consecuencia jurídica como la descrita en el artículo 274° del Código Penal Peruano. Es a raíz de la valoración de aquel objeto, que se explica la incomunicablidad de tal objeto con su actual contexto regulable; es decir, dado que teleológicamente el texto etiquetado como “conducción de vehículo en estado de ebriedad” no comprende –en su contenido político criminal– la salvaguarda de un bien jurídico protegido penalmente (lesionado o en peligro) que haga necesaria una regulación penal, así como tampoco una consecuencia jurídica pertinente y proporcional, se someterán, tales valoraciones, al principio de estricta legalidad, necesidad o mínima intervención como criterio limitante del poder punitivo, el mismo que integra otros principios como el de subsidiariedad (o última ratio), fragmentariedad, lesividad, exclusiva protección de bienes jurídicos penales y proporcionalidad primaria, de modo que al ser confrontados podamos llegar a una segunda conclusión, que versa principalmente sobre la contradicción existente entre lo teorizado por “el principio de estricta legalidad” y el carácter de “delito” de la conducta contenida en el artículo 274° del código penal Peruano. Cabe acotar que en el presente trabajo de investigación, además del análisis del “delito” de conducción en estado de ebriedad, se hará en paralelo un análisis del “principio de estricta legalidad”, principio al cual, en la actualidad, no se le entiende ni atiende bajo su real dimensión y naturaleza, y que por el contrario, su alocución hace asociar al oyente o lector, con la idea de apego a la ley en su dimensión normativa o positiva, por lo que se concluye aquí que tal razonamiento es incorrecto. A partir del conocimiento sobre el objeto que teleológicamente justifica la regulación de la conducción de vehículo en estado de ebriedad y los criterios desarrollados por el principio de estricta legalidad e impuestas, como exigencias condicionantes, a las agencias de criminalización primaria, daremos cuenta que resulta impertinente e innecesaria la contemplación del fenómeno “conducción en estado de ebriedad” en el Código Penal, y con ello también, su excesiva sanción y toda posibilidad que busca liberar el poder punitivo a partir de esa pequeña puerta denominada Derecho Penal. Por lo que se concluye que según se conozca y valore el “principio de estricta legalidad”, conforme a las reglas que hacen de lo jurídico una garantía de las libertades, será posible advertir la influencia que tiene tal principio en la criminalización o no criminalización de la conducta de conducción en estado de ebriedad. Con la firme conclusión de que la aplicación del Derecho Penal resulta innecesaria e impertinente para regular –a partir de su criminalización– dicha situación, no buscamos lagunas de regulación ante fenómenos que si bien no dejan de ser un problema, tal problema, consideramos, debe merecer una regulación razonable (pertinente, necesaria y proporcional) dentro del ordenamiento jurídico, de modo tal que la situación no colisione con otras exigencias tan importantes como la de rigurosidad y control social. Así, de la primera situación problemática, que es la regulación jurídica de la “conducción de vehículo en estado de ebriedad”, se considera –es nuestra posición– que una correcta, y por tanto pertinente, racional y necesaria regulación debe ir de la mano del Derecho Administrativo Sancionador en tanto también ella constituye una manifestación del ius puniendi. Finalmente, evidenciando las alteraciones que sufriría la legislación actual si es que decidiésemos someter al poder legislativo a verdaderos criterios de limitación, las leyes penales supondrían racionalidad, pero más allá de eso, el poder, la coerción y la fuerza que con la creación de tales leyes se libera, quedaría reservada a verdaderas situaciones de lesividad y necesidad.
Discipline: Derecho y Ciencias Políticas
Grade or title grantor: Universidad Nacional Hermilio Valdizán. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas
Grade or title: Abogado
Register date: 4-Sep-2017



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