Bibliographic citations
Neira, R., Perez, A. (2023). El límite de edad de los docentes universitarios y la normativa peruana [Trabajo de Suficiencia Profesional, Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)]. http://hdl.handle.net/10757/671323
Neira, R., Perez, A. El límite de edad de los docentes universitarios y la normativa peruana [Trabajo de Suficiencia Profesional]. PE: Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC); 2023. http://hdl.handle.net/10757/671323
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title = "El límite de edad de los docentes universitarios y la normativa peruana",
author = "Perez Aleman Tavara, Aaron",
publisher = "Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas (UPC)",
year = "2023"
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El presente Trabajo de Suficiencia Profesional se basa en la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 576-2019-AA. Dicha sentencia resuelve la demanda de acción de amparo presentada por el señor Emiliano Guerra Atau, en la cual él solicitó la anulación de la Resolución del Consejo Universitario 849-2016-UNSCH-CU, fallo que determinó su cese como profesor en la Universidad Nacional San Cristóbal de Huamanga debido a la razón de alcanzar el límite de edad, en cumplimiento del artículo 84° de la Ley N° 30220, también conocida como la Ley Universitaria. El argumento central de la solicitud del señor Guerra Atau se basa en la supuesta vulneración de sus derechos constitucionales, tales como el derecho al trabajo y al debido procedimiento. No obstante, durante el proceso de análisis del Tribunal Constitucional se identificaron diversos derechos vulnerados, en cuanto al presente caso. Dentro de estos se mencionan nuevamente el derecho al trabajo y debido proceso; sin embargo, agregan el derecho a la dignidad y trato preferente. Para el desarrollo del presente informe, se han empleado fuentes bibliográficas y artículos académicos especializados en la materia. Mediante estos recursos hemos reforzado nuestra posición en cuanto a la decisión de declarar improcedente en parte la demanda, debido a que la vía idónea para salvaguardar los derechos del señor Guerra Atau, era la vía ordinaria de Procedimiento Contencioso Administrativo, siendo el Proceso Constitucional de Amparo una vía residual.
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