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Title: Exigibilidad de la conciliación extrajudicial previa en los procesos de desalojo con cláusula de allanamiento establecido en el Artículo 594 del código procesal civil peruano
Advisor(s): Martiarena Gutiérrez, Leoncio
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.00
Issue Date: 13-Dec-2022
Institution: Universidad Andina del Cusco
Abstract: The Peruvian Code of Civil Procedure contains several legal deficiencies, one of them being Article 594, which regulates the eviction with a clause of acceptance, as amended by Law 30201 (Law that amends Article 594 of the Code of Civil Procedure). The legal deficiency of article 594 is related to whether or not at the time of filing the lawsuit before the court it is necessary to attach the prior extrajudicial conciliation act as one of the procedural requirements, since the law is not clear on this matter; It must be taken into account that article 594 of the Code of Civil Procedure has been modified by Law No. 30201 with the purpose that the citizen who goes to the jurisdictional body obtains his claim in a more expeditious manner, however, the eviction with acceptance clause is regulated within the title that regulates the summary proceeding. The purpose of this research work is to determine whether it is necessary to regulate the enforceability of the prior extrajudicial conciliation in eviction proceedings with an "allanamiento" clause, due to the problem described in the preceding paragraphs, as well as to determine the legal-social grounds that would justify such regulation, and to determine the effects that would result from the regulation of whether or not the extrajudicial conciliation act in eviction proceedings with an "allanamiento" clause is a requirement of admissibility of the lawsuit.

Dentro del Código Procesal Civil Peruano se pueden advertir varias deficiencias legales, siendo una de ellas la que se aprecia en su artículo 594 en el cual se regula el desalojo con cláusula de allanamiento, modificado por la ley 30201 (Ley que modifica el artículo 594 del Código Procesal Civil). La deficiencia legal del articulo 594 versa sobre si al momento de la presentación de la demanda ante el órgano jurisdiccional es necesario adjuntar o no como uno de los requisitos de procedibilidad el acta de conciliación extrajudicial previa, debido a que la norma no es clara al respecto; pues se debe tener en cuenta que el artículo 594 del Código Procesal Civil ha sido modificado por la ley N° 30201 con la finalidad de que el ciudadano que acuda al órgano jurisdiccional obtenga su pretensión de forma más célere, no obstante, el desalojo con cláusula de allanamiento se encuentra regulado dentro del título que regula el proceso sumarísimo. La falta de claridad en la norma previamente descrita trae como consecuencia la falta de uniformidad en los criterios jurisdiccionales de los magistrados, tal como se aprecia en el Pleno Jurisdiccional Civil y Procesal Civil del año 2017, lo que consecuentemente ocasiona inseguridad jurídica al ciudadano que acude al órgano jurisdiccional en busca de un debido proceso. En el presente trabajo de investigación se busca conocer si es necesario regular la exigibilidad de la conciliación extrajudicial previa en los procesos de desalojo con cláusula de allanamiento, debido al problema descrito en los párrafos anteriores, además de conocer cuáles serían los fundamentos jurídicos-sociales que justificarían tal regulación, asimismo se busca conocer cuáles serían los efectos que conllevaría la regulación de si es o no un requisito de procedibilidad de la demanda, el acta de conciliación extrajudicial en los procesos de desalojo con cláusula de allanamiento.
Note: Análisis de las instituciones de derecho civil
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad Andina del Cusco. Facultad de Derecho y Ciencia Política
Grade or title: Abogada
Juror: Jayo Silva, Carlos Eduardo; Diaz Torres, José Hildebrando; Chuquimia Hurtado, José; Mendoza Delgado, Mauro
Register date: 27-Feb-2023; 27-Feb-2023



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