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De Lama Carranza, Lincoln Kevin
2023-02-03T14:46:14Z
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2022
https://hdl.handle.net/20.500.12727/11223
El presente Informe Jurídico analiza la tramitación del procedimiento administrativo sancionador del expediente N° 1321-2018/CC2, presentado ante la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 – Sede Central del Indecopi, en la cual la señora E.V.C.C. denunció el 12 de octubre de 2018, a la denunciada J.S.A.C., por la presunta infracción a la falta de entrega del libro de reclamaciones, por impedir el acceso a las zonas comunes a la referida denunciante. En el presente trabajo, se desarrolla la tramitación del procedimiento, que se llevó a cabo ante la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 – Sede Central, la cual fue admitida por la Resolución N° 1, que instauró el procedimiento administrativo sancionador por infracción al deber de idoneidad y por la falta de entrega del libro de reclamaciones, reguladas en los artículos 18°, 19° y 152° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, por los hechos denunciados por la señora E.V.C.C. en contra de la denunciada J.S.A.C., el día 03 de octubre de 2018. Asimismo, mediante la Resolución Final N° 790-2019/CC2, la Comisión de Protección al Consumidor N° 2, se pronuncia sobre el fondo de la denuncia, analizando si la empresa denunciada infringió o no el deber de idoneidad, concluyendo que hubo infracción en dicho extremo, y denegando el extremo referido a la falta de entrega del libro de reclamaciones, concluyendo que, le eran aplicables a la denunciada J.S.A.C., las medidas correctivas y la amonestación. Finalmente, la segunda instancia, la Sala Especializada en Protección al Consumidor, a través de la Resolución N° 3527-2019/SPC-INDECOPI, revocó la decisión, en el extremo que impuso la amonestación por haber infringido el deber de idoneidad, previsto en el artículo 18° y 19° del Código de Protección al Consumidor, reformándola dejó sin efecto toda medida correctiva y amonestación. En virtud de lo antes expuesto, luego del análisis realizado a los hechos, los medios probatorios y a la normatividad vigente, y a las resoluciones emitidas por la autoridad competente, tanto por la primera, así como por la segunda instancia, manifestamos nuestra posición. (es_PE)
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Proceso administrativo (es_PE)
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Informe Jurídico de Expediente Administrativo N° 1321-2018/CC2 (es_PE)
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Zavalaga Ortiz, Carmen Elena
Liendo Miranda, Claudia Elisa
Beltrán Pacheco, Jorge Alberto
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Privada asociativa
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