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Quispicusi, S., Rodríguez, D. (2022). Razones jurídicos sociales sobre la ampliación de las competencias notariales en los asuntos no contenciosos respecto de la celebración del matrimonio civil en sede notarial [Universidad Andina del Cusco]. https://hdl.handle.net/20.500.12557/5109
Quispicusi, S., Rodríguez, D. Razones jurídicos sociales sobre la ampliación de las competencias notariales en los asuntos no contenciosos respecto de la celebración del matrimonio civil en sede notarial []. PE: Universidad Andina del Cusco; 2022. https://hdl.handle.net/20.500.12557/5109
@misc{sunedu/3343432,
title = "Razones jurídicos sociales sobre la ampliación de las competencias notariales en los asuntos no contenciosos respecto de la celebración del matrimonio civil en sede notarial",
author = "Rodríguez Mendoza, Durdanet Nuria",
publisher = "Universidad Andina del Cusco",
year = "2022"
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El presente trabajo de investigación titulado “RAZONES JURÍDICOS SOCIALES SOBRE LA AMPLIACIÓN DE LAS COMPETENCIAS NOTARIALES EN LOS ASUNTOS NO CONTENCIOSOS RESPECTO DE LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO CIVIL EN SEDE NOTARIAL” tiene como objetivo general analizar estas razones jurídicas sociales que conllevaron a conferir esta nueva facultad a los notarios, teniendo como hipótesis, la implementación del matrimonio civil en sede notarial se basa en la aplicación del principio de celeridad y la fe pública; por consiguiente, contribuirá a la descongestión de la carga municipal, teniendo en cuenta tanto antecedentes nacionales como internacionales, se desarrolló desde el enfoque cualitativo, el tipo de investigación es jurídico- descriptivo, tomando en consideración el diseño de investigación- acción, la técnica empleada es la ficha documental y la entrevista, esta última dirigida a tres notarios, un registrador civil y dos estudios jurídicos especializados en la materia (representante). Del espacio temporal comprende el año 2022, iniciando la presente investigación con el proyecto Ley Nº 616/2011 seguido del Proyecto Ley N° Nº 74/2016, y por último el Proyecto de Ley Nº 485/2021, que son analizados indistintamente en la presente investigación. Del desarrollo temático, consideramos necesario desarrollar el matrimonio civil, la función notarial, legislación comparada y cada Proyecto Ley del que se refiere el párrafo precedente, permitiendo llegar a las siguientes conclusiones a) Son las razones jurídicas sociales sobre la ampliación de la celebración del matrimonio civil en sede notarial, primeramente el principio de celeridad, por ser el notario un servidor público del derecho, caracterizado por su mayor entendimiento y/o conocimiento de las normas respecto a los asuntos no contenciosos y una característica inherente al notario, que es la fe pública donde se otorga veracidad y autenticidad de los actos jurídicos realizados en su sede protocolizándolo en instrumentos públicos, resultando en la descongestión de la carga municipal en la realización de este acto. b) Resulta eficaz la realización del matrimonio civil en sede notarial, a razón de que, evaluada la legislación comparada, la norma está aprobada hace más 10 años es decir más de una década, sin derogación o modificación alguna, basada en la característica inherente que goza el notario, o sea en la fe pública aplicada en los actos jurídicos realizados mediante la protocolización de escrituras públicas y demás actas. c) El proyecto Ley N° 74/2016-CR al igual que el proyecto Ley N° 485/2021-CR tienen el mismo objetivo que es la incorporación del matrimonio civil en sede notarial; sin embargo, se puede apreciar que el Proyecto de Ley N° 485/2021-CR modifica más artículos del D.L. N° 295 lo que hace que sea un poco más elocuente y precisa; asimismo, se adecua a una era moderna y digital lo que significaría un avance como sociedad, pero su falta de exactitud en algunas modificatorias que se pretende hacer al D.L N° 295 hará que no podamos aprovechar al máximo sus beneficios.
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