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Sánchez, C., (2022). ¿Deben necesariamente ponderar los jueces al ejercer control difuso? Crítica a la consulta 1618-2016-Lima Norte [Pontificia Universidad Católica del Perú]. http://hdl.handle.net/20.500.12404/22061
Sánchez, C., ¿Deben necesariamente ponderar los jueces al ejercer control difuso? Crítica a la consulta 1618-2016-Lima Norte []. PE: Pontificia Universidad Católica del Perú; 2022. http://hdl.handle.net/20.500.12404/22061
@misc{sunedu/3119691,
title = "¿Deben necesariamente ponderar los jueces al ejercer control difuso? Crítica a la consulta 1618-2016-Lima Norte",
author = "Sánchez Pérez, Christian Pavel",
publisher = "Pontificia Universidad Católica del Perú",
year = "2022"
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El presente trabajo pretende explicar a través del método dogmático si los jueces al ejercer control difuso deben aplicar necesariamente el test de proporcionalidad conforme lo ordenado en el precedente vinculante, Consulta Nro. 1618-2016-Lima Norte. Asimismo; se explica la aplicación de la teoría conflictivista de derechos fundamentales y la implicancia jurisprudencial en el control difuso para el Derecho peruano. Se arriba a la conclusión de que, si bien el análisis de ponderación es un método de interpretación constitucional global, este no es el único, debiendo priorizarse la libertad interpretativa y no buscar obligar a los jueces a razonar de una única manera. Más aún si para ello no existe justificación alguna y concurre un vacío jurisprudencial de motivación respecto de que haya otro nivel de igual exigencia para la aprobación de la sentencia que realiza control difuso.
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