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Zavalla, L., (2017). Distribución del recargo al consumo y el riesgo tributario en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C de la ciudad del Cusco periodo 2016. [Tesis, Universidad Andina del Cusco]. https://hdl.handle.net/20.500.12557/1110
Zavalla, L., Distribución del recargo al consumo y el riesgo tributario en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C de la ciudad del Cusco periodo 2016. [Tesis]. : Universidad Andina del Cusco; 2017. https://hdl.handle.net/20.500.12557/1110
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title = "Distribución del recargo al consumo y el riesgo tributario en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C de la ciudad del Cusco periodo 2016.",
author = "Zavalla Tapia, Luisa",
publisher = "Universidad Andina del Cusco",
year = "2017"
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El presente trabajo de investigación titulado “DISTRIBUCIÓN DEL RECARGO AL CONSUMO Y EL RIESGO TRIBUTARIO EN LOS RESTAURANTES TURÍSTICOS, CASO EL ESPEJO S.A.C. DE LA CIUDAD DE CUSCO PERIODO 2016”, cuyo planteamiento del problema es que en la actualidad, el tema del recargo al consumo genera muchas dudas sobre la manera correcta de distribución a los trabajadores de los establecimientos de hospedaje y/o expendio de comidas y bebidas. También se cuestiona bastante sobre los aspectos tributarios que se deben tener en cuenta al ser receptores del recargo al consumo, teniendo como objetivos específicos: Describir la recaudación del recargo al consumo en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C. de la ciudad de Cusco periodo 2016. Describir la distribución del recargo al consumo en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C. de la ciudad de Cusco periodo 2016. Conocer el riesgo tributario del recargo al consumo en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C. de la ciudad de Cusco periodo 2016, y como objetivo general: Describir como es la distribución del recargo al consumo y cuál es el riesgo tributario en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C. de la ciudad de Cusco periodo 2016, seguidamente con sus hipótesis de: La recaudación del recargo al consumo en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C. de la ciudad de Cusco periodo 2016, muestra el monto cobrado en el registro de ventas, aplicando la tasa del 10% sobre el valor de la venta para poder distribuirlo entre los trabajadores de la empresa. La distribución del recargo al consumo en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C. de la ciudad de Cusco periodo 2016, se muestra en la planilla de remuneraciones como un monto fijo de cada trabajador en cada periodo del año y El riesgo tributario que genera la no distribución del recargo al consumo en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C. de la ciudad de Cusco periodo 2016, la no distribución del recargo al consumo de acuerdo a ley, genera rectificatorias, sanciones, multas e interés. Siguiendo con el marco teórico donde se muestra que el recargo al consumo, es un concepto que sustituyó a un tributo de parecido nombre en los inicios de la década de los noventa, pero el Decreto Ley 25988 fijo como opcional para este tipo de empresas un recargo del 13% sobre la facturación al usuario, con una naturaleza no remunerativa, ni compensable, ni base para tributo alguno, excepto claro el IR de quinta categoría ni tampoco es base para el IGV ni otros tributos al consumo. Pese a ello, no son pocos los casos en que algunos trabajadores han demandado un reintegro de beneficios porque confunden este recargo con una mayor remuneración. No obstante, la empresa puede modificar el porcentaje del recargo al consumo, cada vez que las condiciones del mercado lo aconsejen, ya que en tanto no es remuneración, los trabajadores no podrían alegar un supuesto derecho adquirido al porcentaje previo, opinó Montes, Excepción: Sin embargo, si la empresa no reparte todo el recargo al consumo cobrado a los clientes entre sus trabajadores, o si le da un destino diferente sí tendría un ingreso y gasto deducible para su Impuesto a la Renta. Si decide usar parte del recargo al consumo para prestar ayudas económicas a los trabajadores o sus familiares que sufran alguna enfermedad o evento perjudicial (fallecimiento de familiar, accidentes, etc.), esa parte sí será un ingreso más de la empresa y gasto deducible, y como consecuencia del destino diferente, ese importe sí tendría que ser usado como base para el IGV, lo que determinará una omisión y una multa. (Juape, GESTION, 2014). El de tipo y diseño no experimental es transaccional o transversal porque la recolección de datos es en un solo momento, la razón de este estudio es poder inferir los resultados de la muestra perteneciente al grupo de las empresas restaurantes turísticos que están en el Régimen General en la ciudad Cusco. Finalmente se llega a la conclusión de que la no distribución del recargo al consumo genera un riesgo tributario en los restaurantes turísticos, caso El Espejo S.A.C, ocasionándole rectificatorias mensuales y anules, sanciones multas e intereses por apagar, viéndose afectada de manera económica tanto la empresa como el trabajador.
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