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Romero, E., Cámaro, R. (2020). Vulneración de los derechos sucesorios y sucesión intestada notarial en herederos forzosos del distrito de los Olivos año 2019 [Tesis, Universidad Privada del Norte]. https://hdl.handle.net/11537/25426
Romero, E., Cámaro, R. Vulneración de los derechos sucesorios y sucesión intestada notarial en herederos forzosos del distrito de los Olivos año 2019 [Tesis]. PE: Universidad Privada del Norte; 2020. https://hdl.handle.net/11537/25426
@misc{sunedu/3032510,
title = "Vulneración de los derechos sucesorios y sucesión intestada notarial en herederos forzosos del distrito de los Olivos año 2019",
author = "Cámaro Cisneros, Rubén Roger",
publisher = "Universidad Privada del Norte",
year = "2020"
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El problema que se abordó en este trabajo de investigación, surgió cuando uno de los herederos aparente o forzoso, solicita en forma unilateral sucesión intestada en vía notarial para que se le declare como heredero único de su causante, dejando de lado a herederos forzosos; por ello, analizamos el por qué los notarios emiten sucesiones intestadas declarando como heredero único a herederos aparentes o herederos forzosos, excluyendo otros herederos, además si dicho acto vulnera o no el derecho a heredar. La investigación se realizó en el distrito de los olivos en el año 2019, teniendo como objetivo principal determinar la existencia de vulneración de derechos sucesorios en los herederos forzosos en una sucesión intestada notarial. La metodología empleada se basó en un enfoque cualitativo, un tipo de investigación básica descriptiva, normativa, propositiva y un método analítico, sintético e inductivo. Como resultado se obtuvo que existe vulneración del derecho a heredar de los herederos forzosos que fueron excluidos en una sucesión intestada notarial. Finalmente se concluyó que está probado que la vulneración del derecho a heredar de los herederos forzosos no declarados como tales en una sucesión intestada notarial se debe a que los notarios otorgan sucesiones intestadas limitándose solo a la información otorgada por los solicitantes y a la ausencia de una ficha personal RENIEC, en donde esté consignado los nombres y DNI de los hijos del causante. En tal sentido se recomienda un nuevo modelo de ficha personal RENIEC en donde estén consignados los nombres y DNI de sus hijos debidamente reconocidos.
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