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Title: El proceso de habeas corpus de domicilio de las personas jurídicas
Advisor(s): Cesar Zea, Julio
Issue Date: 26-May-2015
Institution: Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez
Abstract: Constitución política del estado peruano y los diferentes tratados internacionales de derechos humanos , ponen de manifiesto que el derecho a la inviolabilidad de domicilio no solo es un derecho fundamental sino también como un valor superior del ordenamiento jurídico , por la transcendencia e importancia del derecho .es por ello que nuestro ordenamiento jurídico constitucional , describe un amplio concepto sobre el proceso de habeas corpus, el cual permite la tutela no solo del derecho a la libertad como es el derecho a la inviolabilidad de domicilio . en el caso que se vulnere este derecho , el código procesal constitucional establece que :la demanda puede ser interpuesta por la persona perjudicada o por cualquier otra en su favor , sin necesidad de tener su representación . Tampoco requerirá firma de letrado, tasa o alguna otra formalidad. También puede interponerla la defensoría del pueblo. Así mismo, el cuerpo normativo citado manifiesta que la demanda puede presentarse por escrito o verbalmente, u otros medios. El cuerpo normativo citado, No determina si una persona jurídica puede interponer una demanda de habeas corpus en el caso de la vulneración del derecho a la inviolabilidad de domicilio de una persona jurídica, debemos advertir que el colegiado constitucional a través de diversas sentencias ,determina que las personas jurídicas no tienen legitimidad alguna para interponer una demanda constitucional , puesto que el proceso de habeas corpus planteadas por personas jurídicas , en la medida en que no son titulares del derecho de la inviolabilidad de domicilio ;pero sin embargo la jurisprudencia constitucional vigente , también ha determinado la posibilidad de que una personas jurídicas participe en un proceso de habeas corpus a favor a favor de terceros, como por ejemplo los procesos planteados por la defensoría del pueblo, asociaciones civiles , ong’s ,etc., como es de verse se les niega la posibilidad de ser titulares primarios de derechos fundamentales , pero sin embargo , ,el mismo colegiado constitucional en forma contradictoria y mediante sentencia exp.N°9798-2005.PHC/TC – caso hatuchay . E.I.R.L., determina por admitió la posibilidad de que una persona jurídica de derecho a la inviolabilidad del domicilio, este mismo criterio fue utilizado al resolver el caso de la corporación meier SAC y per solar SAC, al señalar que la naturaleza de estas, es compatible con el derecho fundamental tutelado por el habeas corpus. En ese entender, el presente trabajo de investigación trata de explicar y demostrar que el derecho a la inviolabilidad de domicilio no solo es exclusivo de la persona sino también de la persona jurídica, a mayores fallos de improcedencia e infundadas es menor la protección de este derecho fundamental.
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad Andina Néstor Cáceres Velásquez - Facultad de Ciencias Juridicas y Politicas
Grade or title: Abogado
Register date: 29-Oct-2016; 24-Sep-2019; 29-Oct-2016



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