Bibliographic citations
This is an automatically generated citacion. Modify it if you see fit
Asto, G., (2020). Informe Jurídico de Expediente Civil N° 2189-2014 [Universidad de San Martín de Porres]. https://hdl.handle.net/20.500.12727/7396
Asto, G., Informe Jurídico de Expediente Civil N° 2189-2014 []. PE: Universidad de San Martín de Porres; 2020. https://hdl.handle.net/20.500.12727/7396
@misc{sunedu/2853682,
title = "Informe Jurídico de Expediente Civil N° 2189-2014",
author = "Asto Chunga, Giuliana Genesis Yenifer",
publisher = "Universidad de San Martín de Porres",
year = "2020"
}
Title: Informe Jurídico de Expediente Civil N° 2189-2014
Authors(s): Asto Chunga, Giuliana Genesis Yenifer
Keywords: Derecho civil; Desintegración de la familia; Estado civil; Matrimonio
OCDE field: https://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01
Issue Date: 2020
Institution: Universidad de San Martín de Porres
Abstract: En el Informe Jurídico se analiza un proceso judicial sobre divorcio por la causal de separación de hecho. La demanda fue presentada por el señor Máximo Acosta Sihuas contra la señora Olga Graciela Luna Sobrino. La demanda se ampara en lo dispuesto en el numeral 12 del artículo 333° y 349° del Código Civil, modificado por los artículos 2° y 5° de la Ley 27495.
El Tercer Juzgado Especializado en Familia de Ica falló declarando Fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, por tanto: (i) disuelto el vínculo matrimonial, (ii) Fijó una indemnización a favor de la demandada, (iii) Improcedente el pedido de emitir opinión respecto a la pensión de alimentos, tenencia y régimen de visitas respecto del hijo adolescente. (iv) Improcedente el pedido de fijar pensión de alimentos a favor de alguno de los cónyuges, (v) Fenecida la sociedad de gananciales y, finalmente elévese los autos en consulta.
La Primera Sala Civil de la Corte Superior de Ica resolvió Confirmar la sentencia en el extremo que declara Fundada la demanda de divorcio por la causal de separación de hecho, Improcedente el pedido de emitir opinión respecto a la pensión de alimentos, tenencia y régimen de visitas respecto al hijo adolescente e Improcedente el pedido de fijar pensión de alimentos a favor de alguno de los cónyuges. Revocaron el extremo de la indemnización y Reformándola ordenaron el pago de una suma de dinero a favor de la demandada y fenecida la sociedad de gananciales. Se pronunciaron en vía de integración respecto de la pérdida del derecho de heredar entre sí. El demandante interpuso el Recurso de Casación.
La Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declaró Improcedente el precitado recurso.
Link to repository: https://hdl.handle.net/20.500.12727/7396
Discipline: Derecho
Grade or title grantor: Universidad de San Martín de Porres. Facultad de Derecho
Grade or title: Abogado
Juror: Mejía Salas, Pedro Andres Francisco; Yupanqui Cueva, Iris Marisol; Ramos Miraval, Miguel Eduardo
Register date: 18-Mar-2021; 18-Mar-2021
This item is licensed under a Creative Commons License